Entre las múltiples opciones de Visa, que ofrece el Ecuador a los extranjeros que deseen vivir de forma legal en este país, los extranjeros venezolanos, cuentan además con el Estatuto Permanente entre Ecuador y Venezuela. Conoce de qué se trata.

 

ACTUALIZACIÓN 17/02/2021: Esta visa se encuentra INACTIVA.

Cumpliendo con los acuerdos derivados del encuentro entre la República del Ecuador y la República Bolivariana de Venezuela, celebrado el 26 de marzo de 2010, se desprende el Estatuto Permanente Ecuador Venezuela. Es un convenio internacional, que se encuentra en vigor actualmente y que permite que los nacionales de ambos países gocen de los siguientes derechos:

1.- El derecho a ingresar sin visa, en el territorio del otro, por un período no mayor a 90 días y con la sola presentación de Pasaporte válido, con vigencia de por lo menos seis meses.

2.- El ingreso al territorio del otro Estado, se realizará en calidad de turista y el período de 90 días podrá ser prorrogado por 90 días más.

3.- Derecho a obtener una autorización de Residencia Temporal (sin importar la categoría migratoria con la cual el extranjero ingresó en el país), solicitada ante los organismos destinados para ello.

4.- Derecho a obtener una autorización de Residencia Permanente, siempre y cuando se haya sido titular de una autorización de Residencia temporal que se encuentre en vigencia y se realice la solicitud ante el organismo encargado de este trámite.

NOTA: La Autorización de Residencia Temporal que se lleva a cabo en Ecuador, deriva en la concesión de la Visa de Residencia Temporal por Convenio (EMEV); mientras que la Autorización de Residencia Permanente también instrumentada en Ecuador, deriva en la concesión de una Visa de Residencia Permanente Estatuto Ecuador – Venezuela.

Ambas categorías de Visa, carecen de desarrollo reglamentario. Sin embargo, ante la falta de éste, ambas Visas se rigen por lo que establece el Convenio.

Requisitos para obtener la Visa 12-XI, actualmente llamada Visa de Residencia Temporal. Estatuto Migratorio Ecuador Venezuela EMEV:

A) Tener nacionalidad venezolana.

B) Formulario de Solicitud de Visa de Residencia Temporal, publicado en la página web de la cancillería.

C) Petición escrita, firmada por el interesado, solicitando Residencia Temporal. Estatuto Migratorio Ecuador Venezuela, dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

D) Original y copia del Pasaporte, con vigencia mínima de por lo menos 6 meses.

E) Copia del sello de su última entrada al Ecuador (Visa T3).

D) Certificado de Movimiento Migratorio. El mismo se obtiene en Av. Amazonas y Av. De La República frente al C.C. El Jardín (costo 5$ y su entrega es inmediata).

E) Solvencia Económica. Demostrar por medio de Estado de Cuenta Bancaria, que se tienen los recursos económicos necesarios para cubrir su estancia en el país.  Se podrá comprobar a través de un certificado emitido por la entidad bancaria. 

F) Certificado de Antecedentes Penales del país de origen, debidamente legalizado y/o apostillado. 

G) Se deberá presentar un Seguro de Salud, público o privado, con cobertura total, en un plazo de 30 días posteriores al otorgamiento de la Visa. 

NOTA IMPORTANTE: Esta Visa puede tramitarse a través del Consulado Virtual.

Con relación al trabajo , esta categoría de Visa ofrece las siguientes consideraciones:

1.- Este tipo de Visa le permite al extranjero trabajar en el Ecuador, ya sea por cuenta propia o ajena.

Aspectos a tener en cuenta para trabajar por cuenta ajena:

El acceso al trabajo por cuenta ajena no será automático, ya que requerirá para ello algunos requisitos como lo son:

a) La inscripción de la Visa en el Registro de Extranjeros (si la visa fue solicitada en un Consulado del Ecuador) y la inscripción del extranjero en el Empadronamiento de Migración (esto se lleva a cabo en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana).

b) Ya no se requerirá la Autorización Laboral emitida por el Ministerio del Trabajo, como tampoco será necesario el registro o legalización del Contrato de Trabajo en el mismo organismo. Pero sí será necesaria la existencia de un contrato laboral, en el que se deberá tener en consideración:

a) Duración del Contrato: el tiempo que dure el contrato no podrá ser mayor al que dure la visa, por lo que obligatoriamente, será un contrato de trabajo temporal y deberá estar firmado entre las partes.

b) El trabajador extranjero se comprometerá a trabajar exclusivamente para el empleador que lo contrata.

Por otro lado, deberá existir un aviso de entrada en el Instituto Ecuatoriano del Seguro Social IESS y se deberá contar, obligatoriamente, con una visa válida y vigente, que permita llevar a cabo actividades remuneradas. 

Aspectos a tener en cuenta para trabajar por cuenta propia:

a) Obtener (de acuerdo a la actividad que desee desarrollar) la Matrícula de Comercio, la cual deberá ser inscrita en el Registro Mercantil del cantón en donde se vaya a establecer el negocio.

b) Tramitar el RUC (Registro Único de Contribuyente) en el SRI (Servicio de Rentas Internas).

Si la intención es trabajar como independiente:

a) Será imprescindible tener un título superior, reconocido por la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (Antiguo SENESCYT).

b) Deberá también inscribirse en el Sistema Nacional de la Educación Superior del Ecuador (SNIESE).

c) En el caso de que el título corresponda a una profesión reglada, tales como las profesiones sanitarias o la abogacía, deberán adjuntarse habilitaciones e inscripciones que resulten exigibles por la normativa reguladora.

¿Cuál será el plazo de validez de la Visa?

El plazo de validez de la visa será de un año (prorrogable por una año más). Contados a partir de su emisión si la otorgó una Coordinación Zonal, o al ingreso del país si quien lo otorgó fue un Consulado Ecuatoriano.

¿Cuál es el costo de la Visa?

Solicitud de la Visa: 50 dólares

Visa Residencia Temporal: 400 dólares

Visa Residencia Permanente: 500 dólares

Esta Visa ofrece entradas múltiples y es un trámite personal.

Fuente:

www.cancilleria.gob.ec

  • Recuerde: consultar la página web del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana o en la página del Consulado Virtual, para conocer si existe alguna alteración en los requisitos necesarios para llevar a cabo este trámite, o diríjase al Consulado o Embajada Ecuatoriana más cercana a su zona de residencia. 

    Dependiendo de en dónde solicite la Visa, puede que le pidan anexar requisitos adicionales. 

    Tal vez te interese leer sobre ¿Cómo tramitar la Visa Residencia Permanente Estatuto Ecuador – Venezuela? Ecuador, de acuerdo a la Nueva Ley de Movilidad Humana

  • Ecuador