¿Quienes pueden solicitar la condición de estancia de Residente Permanente?
a) Aquellas personas que hayan permanecido en el país por un período de cuatro años, siempre y cuando cuenten con una visa de residencia temporal vigente.
b) Personas que hayan tenido hijos en el país.
c) Por el derecho a la reunificación o vínculo familiar. Por lazos hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, ascendentes o descendentes, de un mexicano por nacimiento.
d) Asilados Políticos y refugiados.
e) Conforme al sistema de puntos, por decisión del Instituto Nacional de Migración.
¿Cuáles son los requisitos para tramitar la Visa de Residente Permanente en México?
1.- Formato de solicitud de Visa, completamente lleno y firmado. Copia del formato impreso en una hoja por ambos lados.
2.- Original y copia del Pasaporte y documento de identidad.
3.- Comprobante de pago por los derechos de solicitud y estudio del cambio de la condición de estancia.
4.- Fotografía tipo pasaporte, fondo blanco, sin accesorios y de frente.
5.- Documento con el que pueda comprobar su estancia legal en el país, en el caso de que la solicitud se lleve a cabo en un país diferente a su país de nacimiento.
Para las siguientes condiciones, deberás presentar de forma adicional:
Permanencia por un período de 4 años:
1.- Tarjeta de Residente temporal vigente.
2.- Documento con el que obtuvo la condición de estancia de residente temporal.
3.- Demostrar que cuenta con medios de subsistencia, tales como solvencia económica o empleo.
Vínculo Familiar:
1.- Original y copia del documento que compruebe el vínculo existente entre el ciudadano mexicano y el extranjero, o del ciudadano con residencia permanente y el extranjero. (Partida de Nacimiento, Acta de Matrimonio, documento que acredite concubinato).
2.- Prueba de Nacionalidad mexicana (Documento de identificación) con la que el extranjero tiene el vínculo, o prueba que confirme ser Residente Permanente (Tarjeta de Residencia), con la que el extranjero tiene el vínculo.
3.- Comprobante de solvencia económica, bien sea:
a) Original y copia de documentos bancarios o inversiones con un promedio mensual de 100 días de salario mínimo general. (Durante los últimos seis meses).
b) Original y copia de documentos que comprueben que tienes empleo o una entrada mensual equivalente a 100 días de salario mínimo general. (Durante los últimos 6 meses).
Jubilados o Pensionados:
a) Original y copia de documentos bancarios o inversiones con un promedio mensual equivalente a veinticinco mil días de salario mínimo general vigente (esto en caso del Distrito Federal). Durante los últimos 12 meses.
b) Original y copia de documentos que comprueben que tienes una entrada mensual por concepto de pensión libre de gravámenes, equivalente a quinientos días de salario mínimo general vigente. (Durante los últimos 6 meses).
Nota: El salario mínimo general en México es de 73.04 pesos mexicanos.
Datos a tener en cuenta:
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La Visa de Residencia Permanente tiene un costo de: 4.289 pesos mexicanos.
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La Residencia Permanente ofrece una estadía indefinida para los adultos y para los menores de edad (desde 1 a 4 años, dependiendo del caso).
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Este trámite se lleva a cabo ante el Instituto Nacional de Migración. Sólo aplica la presentación en la Oficina Consular cuando el ciudadano mexicano o el titular de la visa permanente o temporal, se encuentran fuera del país. En este caso, deberá presentarse en la Oficina Consular junto con el solicitante.
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La solicitud ante el Instituto Nacional de Empleo, deberá presentarse: por el ciudadano mexicano o titular de la Tarjeta de Residencia Temporal o Permanente, para el caso de vínculo familiar. En el caso de oferta de empleo: por la persona que extienda la oferta laboral.
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En el caso de los cónyuges o concubinos de ciudadanos mexicanos o extranjeros con condición de residencia permanente, no recibirán la condición de estancia de residente permanente sino la de residente temporal. Estando en México, deberá presentarse ante el Instituto Nacional de Migración para obtener la Tarjeta de Residente Temporal, condición que deberá mantener durante dos años. Transcurridos los dos años, tendrá la posibilidad de cambiar su condición a estancia de residente permanente. Esto sólo podrá llevarse a cabo si el vínculo subsiste.
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La Visa otorgada al solicitante podrá usarse únicamente durante su plazo de vigencia y ofrece una única entrada al país. Al llegar a México, el solicitante tendrá 30 días naturales, para presentarse en el Instituto Nacional de Migración y hacer el canje por la Tarjeta de Residencia Permanente, que le permitirá estar de forma legal en el país.
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Los que ingresen al país con la condición de visitante, no podrán cambiar de condición de estancia. Para ello, deberán salir del país al terminar el período por el cual estaban autorizados a quedarse. En este sentido, quedan exentos: quienes tengan vínculos con ciudadanos mexicanos o con un extranjero con residencia permanente en México. O aquellos que se encuentran en el país por razones humanitarias.
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La Secretaría de Gobernación estableció un Sistema de Puntos, que le permitirá al extranjero obtener la residencia permanente sin cumplir con el requisito de los 4 años de permanencia en el país. Por lo tanto, si el extranjero ingresa al país por la vía del Sistema de Puntos, podrá trabajar y tendrá derecho a amparar a su familia. Para poder optar por esta vía, se tomarán en cuenta aspectos como: nivel educativo, experiencia laboral, aptitudes para actividades relacionadas con las ciencias y las tecnologías, así como reconocimientos internacionales.
Fuente:
Secretaría de Gobernación de México
Imagen por: Graphicstock
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