¿Estás interesado en vivir y/o trabajar en Chile?¡Esto es lo que debes saber sobre los tipos de visas que este país ofrece a los extranjeros que desean hacer de él su nuevo hogar!

 

Chile es un país sudamericano en vías de desarrollo, que ha sufrido un crecimiento económico importante en los últimos años. Su economía es una de las más diversificadas del planeta. Tiene una de las tasas más bajas de desempleo de Latinoamérica. Presenta un índice de alfabetización, calidad de vida, desarrollo humano, entre los más altos de América Latina.

¿Quieres conocer este país?¿Te interesa vivir y/o trabajar en él? Una de las cosas que todo extranjero debe tener muy en claro, es que tomar la decisión de irse a otro país, pasa por una serie de procesos, entre los cuales tenemos, realizar los trámites necesarios para lograr una estadía legal en el lugar de destino.

En esta ocasión, te contaremos sobre ¿Cuáles son los tipos de Visas que Chile ofrece a los extranjeros que han tomado la decisión de vivir y/o trabajar en este país?

Tipos de Visas en Chile

Chile agrupa sus Visas en tres categorías:

1) Turista

2) Permisos de Residencia Temporaria

3) Permisos de Residencia Permanente

1) Visa de Turista: Esta visa se otorga a los extranjeros que desean visitar Chile con fines recreacionales, deportivos, salud, estudios, negocios, sin el propósito de desarrollar actividades remuneradas, inmigración u obtener la residencia. Con este tipo de visa, podrás realizar los siguientes trámites: ampliación de turismo, prórroga y autorización para trabajar como turista.

2) Permisos de Residencia Temporaria: Estas visas podrán ser solicitadas por aquellos extranjeros que viajan a Chile con el objetivo de radicarse en este país de forma temporal, ya sea por contar con lazos familiares, porque tienen algún interés en el país, ya sea de estudios o trabajo y su residencia resulta ventajosa para Chile. Estas visas le permiten al ciudadano extranjero, desarrollar actividades remuneradas, estudiar por una plazo máximo de estadía de un año.

En este grupo, podemos mencionar:

a) Visas sujetas a Contrato: Es un permiso de residencia temporaria que le permite a su titular llevar a cabo actividades remuneradas, únicamente con el empleador con el que suscribió el contrato. Podrá otorgarse un permiso máximo de estadía de 2 años y podrá ser prorrogado por períodos iguales.

  • Visa sujeta a Contrato por Cambio de Empleador: Se debe optar por este permiso cuando el contrato que dio origen a la Visa sujeta a Contrato, ha finalizado. En este caso, el ciudadano extranjero deberá solicitar un cambio de visación con el nuevo empleador.

  • Visa sujeta a Contrato de Trabajo Dependientes: otorgada a los familiares de la visa anterior. Esta visa no le permite a su titular trabajar en Chile, ofrece un período de estadía de 12 meses, no prorrogable.

b) Visas de Residencia Temporaria por Vínculos: El fundamento de esta visa será el vínculo con personas de nacionalidad chilena, o con extranjero que cuenta con permanencia definitiva en el país (Hijo, padre, madre o cónyuge chileno).

c) Visa Temporaria para hijo de Extranjero Transeúnte: Este tipo de visa podrá solicitarse por aquellas personas cuyos padres se encontraban en calidad de turistas en el país, en el momento de su nacimiento.

d) Visa Temporaria para ex residente: Este tipo de visa estará destinada para aquellas personas que han contado con un permiso de residencia de un año y que regresan al país después de haber estado ausentes por un plazo de hasta 5 años. O por aquellas personas que contaron con un permiso de permanencia definitiva, pero les fue revocado, por encontrarse fuera del país por un período mayor a un año.

e) Visa Temporaria para religiosos: Este permiso es otorgado a extranjeros religiosos que son miembros de órdenes o congregaciones reconocidas en el país. Y que pretenden desarrollar actividades, asistenciales, docentes o religiosas.

f) Visa Temporaria para Jubilados y Rentistas: Se otorgará este permiso a aquellas personas extranjeras de la tercera edad, que viajen al país por un período mayor a los 90 días para desarrollar actividades de su propio interés en este país. (Visita de familiares y amigos).

g) Visa Temporaria para Inversionistas y Comerciantes: Toda persona cuyo motivo de visita al país sea desarrollar actividades de inversionista, comerciante o empresario, por un período mayor a 90 días, podrá hacer la solicitud de este tipo de visa. Requiere la presentación de un proyecto financiero que vaya acorde a las exigencias de las leyes chilenas y contar con el capital necesario para el mismo. El permiso de estadía será de un año, que podrá ser prorrogable.

h) Visa Temporaria para Profesionales y Técnicos de nivel superior, con dos o más contratos, remunerado en el exterior. Este permiso no cuenta con limitaciones especiales, sus titulares podrán desarrollar cualquier actividad lícita y podrán residir en el país sin problemas. 

Los Técnicos de Nivel Superior tendrán que contar con un mínimo de 1600 horas académicas y anexar además, una carta que certifique las horas, la mismo deberá ser debidamente legalizada.

i) Visa Temporaria para Embarazadas y tratamiento médico: Destinada a aquellas mujeres extranjeras que quedan embarazadas, en su período de residencia en Chile. En este sentido, podrán tener acceso a un permiso de residencia temporaria certificada, con la finalidad de controlar su estado de salud y embarazo en el centro de salud que le corresponda, de acuerdo a su lugar de residencia.

j) Visa Temporaria MERCOSUR: Este permiso podrá ser solicitado por los ciudadanos pertenecientes a los países que conforman esta organización: Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia. Esta Visa se encuentra fundamentada en el principio de reciprocidad, por lo que Venezuela no entra dentro de los beneficiarios. El permiso será de un año de estadía, prorrogable por un año más, independientemente de la actividad que pretendan desarrollar, el solicitante no podrá tener antecedentes penales.

k) Visa Temporaria por Unión Civil: El solicitante podrá residir en el país y llevar a cabo actividades lícitas remuneradas. No presenta limitaciones especiales. Aquellos extranjeros que se hayan casado con ciudadanos chilenos, podrán hacer la solicitud de esta visa.

l) Visa Temporaria por motivos laborales: El solicitante deberá presentar entre los requisitos un contrato de trabajo suscrito en Chile. Tendrá la duración de un año y para renovarla se deberán presentar las últimas cotizaciones de AFP. En este caso el empleador, deberá suscribir un contrato de acuerdo a la ley laboral chilena vigente, como lo es: obligación de pagar el salario mínimo y cumplir con las cotizaciones de AFP y salud. No estando en la obligación de pagar los pasajes de regreso del migrante y su familia a su país natal. 

(Esta visa ha quedado eliminada a partir del 23 de Abril de 2018).

m) Visa Temporaria de Estudiante: permite al solicitante realizar estudios por un lapso de un año, con posibilidades de prorrogarla, siempre y cuando se certifique que el estudiante continuará su preparación académica. El solicitante deberá llevar a cabo sus estudios en instituciones reconocidas por el Estado. Este tipo de visado no le permite a su titular, llevar a cabo actividades remuneradas.

3.- Permisos de Residencia Permanente: Para los ciudadanos extranjeros que deseen vivir y trabajar por tiempo indefinido en Chile, deberán solicitar una Visa de Residente Permanente. En un primer momento, deberán optar por cualquiera de las Visas de Residencia Temporaria citadas anteriormente. Éstas le ofrecerán un tiempo de estadía de un año, prorrogable por un año más. Después de esto, el extranjero podrá solicitar su residencia permanente. Con este tipo de visa, su titular podrá vivir, trabajar e invertir en el país sin limitaciones especiales.

Datos a tener en cuenta:

  • La Visa de Residente Temporario otorga un período de estadía de un año, prorrogable por un año más,

  • La solicitud de la prórroga deberá presentarse dentro de los 90 días a la fecha de vencimiento del permiso de estadía que posea el extranjero. Lo mismos sucede con la solicitud del permiso de Residencia Permanente, siempre y cuando el solicitante no se haya ausentado del país por un período mayor a 180 días, continuos o no.

  • Desde el momento en el que le hayan estampado la visa, el ciudadano extranjero contará con 30 días en los Registros de Policía Internacional, o en su defecto en los Carabineros. En este mismo plazo, deberá tramitar la cédula de identidad en el Servicio de Registro Civil e Identificación.

  • Cualquier alteración de actividad o domicilio, deberá notificarse en los Registros de la Policía Internacional o Carabineros en los 30 días siguientes a dicho cambio.

  • En el caso de que se constaten, infracciones y contravenciones a la norma de extranjería, podrán aplicarse multas, revocarse el permiso otorgado o expulsar al extranjero del país.

  • Los titulares del Permiso de Residencia Permanente, no podrán estar ausentes del país, por un período mayor a un año. Si esto sucediera, dicho permiso quedará tácitamente revocado.

  • Aquellos extranjeros, titulares de un Permiso de Residencia Permanente, que por razones de enfermedad, de estudio u otra causa justificada, no puedan volver a Chile dentro del año, podrán solicitar una prórroga en los Consulados junto con el documento que certifique su situación. Esta prórroga deberá solicitarse dentro de los 60 días anteriores a la fecha de vencimiento del permiso.

  • Si se vence una prórroga sin que se haya tramitado una nueva, el permiso será tácitamente revocado.

  • Sólo podrá solicitarse hasta 4 prórrogas del Permiso de Permanencia Definitiva, en forma sucesiva y con un año de validez cada una.

  • El organismo encargado de otorgar los permisos de residencia es el Departamento de Extranjería y Migración de Santiago de Chile, o en las oficinas de extranjería de cualquier provincia.

ACTUALIZACIÓN 10/12/2018: La Nueva Ley Migratoria cambia radicalmente la operatoria que hoy existe para la obtención de residencia temporal, ya que ésta sólo se podrá solicitar fuera de Chile, prohibiendo que se pueda solicitar el cambio de calidad migratoria de turista a residente estando en Chile.

Fuente:

Departamento de Extranjería y Migración (Chile)

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