¿Con intenciones de viajar, vivir, estudiar y/o trabajar en Argentina?¡Conoce cuáles son los tipos de visas que este país ofrece a los ciudadanos extranjeros que deseen viajar a este país!

 

Para viajar a la República de Argentina, deberás cumplir con algunos requisitos para evitarte cualquier inconveniente al querer ingresar a este país.

 

Requisitos para ingresar a la República de Argentina:

Pasaporte válido y vigente: Este documento de identificación es obligatorio cuando vas de viaje. El mismo debe tener una vigencia mínima de por lo menos seis meses.

Visa: Ciertos países requieren que el viajero cuente con este permiso legal, para entrar y permanecer en este país. Que la necesites o no, depende del país a donde vayas y de donde seas. En Argentina, no necesitarán visado:

  • Los ciudadanos de la Comunidad Europea y Estados Unidos de América, para estancias menores a 90 días.

  • Para los ciudadanos de los siguientes países y estancias máximas de 90 días, no será necesaria una visa: Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras. México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. Andorra, Austria, Australia, Bélgica, Corea del Sur, Croacia, Chipre, Dinamarca, España, Eslovenia, Eslovaquia, Estados Unidos, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Granada, Grecia, Guyana, Haití, Holanda, Honduras, Hong Kong, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Jamaica, Japón, Latvia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malasia, Malta,Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda, Polonia, Portugal, Reino Unido y Norte de Irlanda, República Checa, República Dominicana, San Marino, Santa Lucía, Serbia & Montenegro, Singapur, s.f. Vincente & Grenadines, Sudáfrica, Suecia, Suiza, Trinidad & Tobago, Turquía, Vaticano.

  • Tampoco será necesaria una visa, para los pasajeros en tránsito, que pretendan continuar su viaje en un período de 6 horas sin abandonar el aeropuerto.

Las exenciones anteriormente descritas, sólo serán válidas para personas que pretendan hacer viajes de turismo, estudios de mercado o negocio. Por cualquier otro motivo, será necesario el trámite de una visa.

En el caso en el que se desee extender el período de estadía, será posible (por una única vez) para algunas nacionalidades que podrás verificar en el Consulado o la sección Consular en la Embajada. Este trámite podrá llevarse a cabo antes de que expire el plazo originalmente concedido en cualquiera de las delegaciones de la Dirección Nacional de Migraciones.

Otros documentos que serán necesarios para ingresar en Argentina por motivos turísticos o de negocios serán: el pasaje de ida y vuelta, la solvencia económica, así como la reservación del hotel o dirección de alojamiento.

 

Si deseas conocer ¿Cuáles son los requisitos para tramitar la Visa de Turista en Argentina? Haz clic aquí.

 

Si tu intención va más allá de visitar Argentina, probablemente necesites tramitar alguna visa. Por lo que te presentamos los tipos de visas que ofrece este país a los extranjeros que desean vivir, estudiar y/o trabajar en él.

 

Tipos de Visas

Argentina ofrece a los extranjeros los siguientes tipos de Visas:

1.- Visas de Residencia Temporal.

2.- Visas de Residencia Permanente.

3.- Visas de Tránsito

 

1.- Visas de Residencia Temporal: Serás considerado Residente Temporario si pretendes llevar a cabo en Argentina, alguna de las siguientes actividades:

a) Por vínculo familiar con ciudadano extranjero Residente Temporario.

Esta visa podrá ser tramitada por todo ciudadano extranjero que cuente con vínculos de afinidad (Cónyuge) o consanguinidad (hijos menores de 18 años o mayores con alguna condición especial o padres) del extranjero Residente Temporario y que deseen vivir con su familiar.

b) Trabajador Migrante: Es una visa que podrán tramitar aquellos extranjeros cuyas intenciones sean llevar a cabo actividades lícitas remuneradas.El permiso de estadía será de hasta 3 años, prorrogables, con entradas y salidas múltiples, desempeñando actividades bajo la relación de dependencia. En este cado, uno de los requisitos necesarios para tramitar este tipo de visa, será el de contar con un contrato de trabajo suscrito por el empleador en la República de Argentina.

c) Científico y Personal Especializado: Este permiso va dirigido a aquellas personas que desarrollen actividades de asesoría, técnicas, de investigación o de carácter científico, ya sea para entidades públicas o privadas. También incluye, personal administrativo, técnicos, directivos de entidades públicas o privadas extranjeras de carácter industrial o comercial, que se trasladan a Argentina para ocupar cargos específicos en esas empresas y de las que obtienen salarios y/o honorarios en este país.

d) Deportistas y Artistas: Incluye a aquellas personas que han sido contratadas para realizar actividades artísticas o deportivas en el país, bajo la figura natural o jurídica.

e) Estudiantes: Todo ciudadano extranjero que pretenda ingresar al país con la intención de llevar a cabo estudios: de educación secundaria, universitaria, postgrado, tendrán que tramitar este tipo de visa. Los visados para estudiantes otorgan un período de estadía de hasta 2 años y pueden ser prorrogados por la Dirección Nacional de Migraciones en Argentina. Uno de los requisitos para solicitar este tipo de visa será, matricularse en una institución oficial de educación acreditada en este país.

f) Jubilados y Rentistas: Podrá ser solicitado por aquellos ciudadanos extranjeros que han elegido a Argentina como su país de retiro y que cuentan con unos ingresos pecuniarios regulares, provenientes de entes gubernamentales, organismos internacionales o empresas privadas, que les permitan cubrir sus gastos en el país.

Si cuentas con ingresos propios (lícitos) derivados de inversiones, rentas o cualquier fuente externa en el extranjero, equivalentes a 2500 pesos argentinos, podrás solicitar la visa de rentista.

El período de estadía para ambas visas podrá ser de un máximo de 3 años, prorrogables, con entradas y salidas múltiples del país.

g) Inversionistas: Este tipo de visa podrá ser tramitada por aquellos ciudadanos extranjeros con intenciones de emprender en Argentina. Para ello, deberán hacer una inversión de por lo menos 1.500.000 pesos argentinos en actividades de producción, comerciales o servicios. Deberán además presentar un proyecto, en el que se especificará cómo se hará la inversión y en dónde tiempo y dinero estimado. Otros posibles requisitos serán: certificado de buena conducta, referencias comerciales y profesionales, etc. El permiso de estadía será de hasta 3 años, , con entradas y salidas múltiples del país.

h) Programas de Intercambio Cultural: En el caso de que un ciudadano extranjeros viaje a Argentina como parte de un intercambio intercultural, será necesario tramitar la visa correspondiente. Este visado otorgará un permiso de estadía por un año y deberá solicitarse en el Consulado Argentino de su lugar de residencia. Uno de los requisitos para hacer la solicitud de esta visa será: presentar una carta que deberá contener los datos personales del solicitante, su dirección en Argentina, la institución educativa en la que llevará a cabo sus estudios, así como la garantía de la institución que lo invita. Además, en dicha carta se hará constar que la institución cultural será la encargada de cubrir todos los gastos generados por el solicitante. La misma deberá estar firmada por el representante oficial de la institución cultural y certificada ante notario argentino.

i) Tratamiento Médico: Los ciudadanos extranjeros que quieran realizarse un tratamiento médico en Argentina, deberán solicitar el visado correspondiente. Este visado, le permitirá a su titular múltiples entradas y salidas del país, por un período de un año. Y deberá ser solicitado en la Dirección Nacional de Migraciones. Uno de los requisitos para tramitar este tipo de visa será: el historial médico del paciente y la información sobre cuál será el tratamiento a aplicar y dónde. En el caso de que el tratamiento a aplicar sea en una institución privada, será necesario que el informe esté legalizado por el Departamento de Salud. Si dicho tratamiento será aplicado en una institución pública, será necesaria la firma del director del hospital.

j) Visado MERCOSUR: Los ciudadanos extranjeros que pertenezcan a los países que forman parte de esta organización, tendrán derecho a solicitar la Visa MERCOSUR en Argentina.

 

Si deseas saber ¿Cómo tramitar la Visa MERCOSUR en Argentina? haz clic aquí.

 

k) Asilados y/o Refugiados: Aquellos ciudadanos extranjeros a los que se le adjudicó la condición de refugiados o asilo, podrán permanecer en el país por un período de 2 años, que podrá ser prorrogable cuantas veces la autoridad de aplicación en materia de asilo y refugio lo estime conveniente.

 

2.- Visas para Residente Permanente:

Se otorgará Visa de Residente Permanente al ciudadano extranjeros que pretende establecerse de manera indefinida en el país y se encuentra en alguna de las siguientes situaciones:

a) Por vínculo familiar en los siguientes casos:

  • Ser cónyuge de argentino nativo o por opción.

  • Ser padre o madre de hijo argentino nativo o naturalizado por opción.

  • Ser hijo de padre o madre argentino nativo o naturalizado por opción.

  • Ser cónyuge de un residente permanente.

  • Ser padre o madre de un residente permanente.

  • Ser hijo de padre o madre de un residente permanente. (Menor de 18 años de edad o mayor con capacidad diferente de un residente permanente).

     

b) Por Arraigo: En este caso las condiciones para optar por este tipo de residencia serán las siguientes:

  • Haber sido titular de una Visa de Residente Temporario por un espacio de 2 años continuos. (Para ciudadanos pertenecientes a los países miembros del MERCOSUR).

  • Haber sido titular de una Visa de Residente Temporario por un espacio de 3 años continuos, para ciudadanos cuyos países de origen no pertenecen al grupo MERCOSUR. Además de otros requerimientos que determine la Dirección Nacional de Migraciones.

  • Haberse desempeñado por espacio de 2 años continuos, para MERCOSUR o 3 años continuos para no MERCOSUR, en cargos Diplomáticos, Consulares o de Organismos Internacionales.

  • Contar con la condición de Refugiado o Asilo y cumplir con los requisitos pertinentes.

 

3.- Visas de Residente Transitorio: En esta categoría serán admitidos; turistas, pasajeros en tránsito, tránsito vecinal fronterizo, tripulantes de transporte internacional, trabajadores migrantes estacionales, académicos, tratamiento médico.

 

Datos a tener en cuenta:

  • Los extranjeros admitidos como “Residentes Permanentes” estarán autorizados de llevar a cabo actividades remuneradas o lucrativas, por cuenta propia o ajena. Los “Residentes Temporarios” sólo podrán llevar a cabo dichas actividades por el tiempo o período de permanencia autorizado.

  • Los extranjeros admitidos como “Residentes Transitorios” no podrán realizar actividades remuneradas o lucrativas, ni por cuenta propia o ajena, a menos que cuenten con una autorización emitida por la Dirección Nacional de Migraciones.

  • De acuerdo al Artículo 61 de la Ley de Migraciones de Argentina: “Al constatar la irregularidad de la permanencia de un extranjero en el país, y atendiendo a las circunstancias de profesión del extranjero, su parentesco con nacionales argentinos, el plazo de permanencia acreditado y demás condiciones personales y sociales, la Dirección Nacional de Migraciones deberá conminarlo a regularizar su situación en el plazo perentorio que fije para tal efecto, bajo apercibimiento de decretar su expulsión. Vencido el plazo sin que se regularice la situación, la Dirección Nacional de Migraciones decretará su expulsión con efecto suspensivo y dará intervención y actuará como parte ante el Juez o Tribunal con competencia en la materia, a efectos de la revisión de la decisión administrativa de expulsión”.

  • Los titulares de una Visa de Residente Permanente, podrán ausentarse del país por un período máximo de 2 años, o si cuenta con una Visa de Residente Temporario, la mitad del plazo acordado. Si se sobrepasa ese límite, la visa podrá ser cancelada.

  • Los requisitos para el trámite de las visas, podrán variar dependiendo de si el solicitante es originario de una país perteneciente al MERCOSUR o no.

  • Los extranjeros que ingresen al país en calidad de Residentes transitorios o Temporarios, podrán permanecer en el país durante el plazo de permanencia autorizado, con sus debidas prórrogas. Finalizados estos plazos, el extranjero deberá abandonar el país.

  • Los extranjeros podrán cambiar de calidad o categoría migratoria sin necesidad de salir del país. Dicho cambio, deberá solicitarse dentro de los 60 días previos al vencimiento de la Residencia Temporaria y a los 10 días anteriores a la residencia transitoria.

  • En el caso de que la visa haya vencido y el extranjero se presente voluntariamente, dentro de los 30 días posteriores a la fecha de vencimiento del permiso de estadía, deberá pagar un recargo del 50 % de la tasa prevista para realizar el trámite correspondiente a prórroga o cambio de categoría o calidad migratoria. Transcurridos los plazos establecidos, el extranjero se verá imposibilitado de llevar a cabo cualquier modificación de su estatus migratorio.

     

Fuente:

 

Cancillería de Argentina

Ley de Migraciones de Argentina

 

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País:Argentina