¿Deseas visitar este hermoso país, pero no sabes si necesitas o no tramitar una Visa? Acá te contamos todo lo que debes saber en relación a cuáles son los requisitos para ingresar a Colombia.

 

Colombia recibe cada año, alrededor de 4 millones de turistas ansiosos por visitar y conocer estas tierras. Algunos de ellos, viajan a este país con intenciones de estudiar, vivir o trabajar. Para cada caso, será necesario cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación correspondiente.

 

Consideraciones Generales:

En primer lugar, deberás consultar si tu país de procedencia, se encuentra en el listado de los países cuyos nacionales necesitan tramitar Visa para poder entrar en Colombia.

Si deseas ver el listado puedes hacer clic aquí.

Debes saber que, los extranjeros que visitan Colombia con fines exclusivamente turísticos, podrán ingresar y permanecer en el país sin Visa, por un período de 90 días, contados desde la fecha de su ingreso al país. La cual se encuentra registrada en el sello de inmigración, estampado por el funcionario al momento de la entrada.

Si el caso es un tránsito de menos de 24 horas, no será necesaria Visa Temporal de visitante .

Los extranjeros que deseen permanecer más de 90 días, tendrán que solicitar una prórroga en la Oficina de Asuntos Migratorios.

Por su parte, aquellos extranjeros cuyos fines de visitar Colombia, son de estudios o trabajo, entonces deberán tramitar la visa correspondiente, ante los Consulados Colombianos acreditados en el exterior.

Las Visas que Colombia ofrece a los ciudadanos extranjeros que desean visitar, estudiar y trabajar en este país, puede clasificarse en dos grupos: Visas Temporales, que son las visas que se ofrecen a aquellas personas que no pretenden establecerse por tiempo indefinido en Colombia. Y las Visas de Residente, que están destinadas a aquellas personas que pretenden establecerse de forma indefinida en el país.

 

¿Cuáles son los requisitos para ingresar a Colombia?

Los ciudadanos extranjeros que deseen ingresar a Colombia, deberán presentar los siguientes requisitos:

a) Documentos de Identificación:

Los ciudadanos extranjeros procedentes de los  países que forman parte del grupo MERCOSUR, podrán ingresar a Colombia presentando la Cédula de Ciudadanía, la Tarjeta Andina Migratoria diligenciada y pasaporte para los menores de edad.

Los ciudadanos extranjeros procedentes de los países que forman parte de la Comunidad Andina, podrán ingresar a Colombia presentando la Cédula de Cuidadanía, Tarjeta Andina Migratoria diligenciada y en el caso de los menores de edad, el Registro Civil.

En el caso de los ciudadanos de los restantes países, sólo podrán ingresar al país exclusivamente con el Pasaporte, el cual deberá tener una vigencia mínima de por lo menos 6 meses. Además, deberán rellenar la Tarjeta Andina de Migración.

En el caso de los Venezolanos, hasta hace poco, podían ingresar a Colombia presentando sólo la Cédula de Identidad, pero actualmente sólo podrán hacerlo presentado el Pasaporte. Y deberán contar con Visa de trabajo, residencia o cónyuge, si las intenciones son de estadía indefinida.

b) Visa de Turismo: la misma sólo será necesaria de acuerdo al país de procedencia del extranjero, para lo cual deberás revisar el listado de los países que deben tramitarla.

c) Pasaje de regreso a tu país de origen.

d) Reserva hotelera o carta de invitación, en donde se encuentre reflejada la dirección en la que estarás hospedado y número de teléfono. En la carta de invitación, además de los datos anteriormente señalados, deberá contener la identificación de los ciudadanos (residente y extranjero) y datos necesarios para proceder a la verificación de la información. Se puede anexar también, estractos bancarios o de tarjetas de crédito, para demostrar la existencia de solvencia económica e informar si es el extranjero o el residente el que se hará cargo de los gastos de manutención. 

e) Solvencia económica, con el fin de comprobar que cuentas con los medio económicos necesarios para cubrir tus necesidades mientras te encuentras en el país. La misma está calculada en 40 dólares diarios.

Importancia de la Tarjeta Andina de Migración

El extranjero debe rellenar la Tarjeta Andina de Migración para poder obtener uno de los siguientes permisos:

(PIP) Permiso de Ingreso y Permanencia: Es el otorgado por el servicio de control migratorio colombiano a los ciudadanos extranjeros que no necesitan de visado de acuerdo al Decreto 834/13 en su Art. 20. Y cuyos fines de ingresar a Colombia son estrictamente turísticos.

(PGT) Permiso de Ingreso Grupo en Tránsito: Este permiso es otorgado a aquellos extranjeros que ingresan a Colombia y que estarán en este país sólo por algunas horas. Con este permiso, si el motivo de ingreso al país es inmigración, sólo podrán permanecer en el país por 48 horas. Si el motivo es de emigración, será un máximo de 3 horas y un mínimo de una hora.

La obtención de alguno de estos permisos puede darse de dos fomas:

a) Control Migratorio: En los puestos de Control Migratorio, se estampará a la llegada del extranjero (sea por vía marítima, aérea, terrestre o fluvial), un sello en cualquiera de estos documentos: su cédula de ciudadanía, pasaporte o Tarjeta Andina Migratoria. Dicho sello ofrecerá la siguiente información: fecha de entrada, días autorizados de permanencia y el tipo de ingreso.

b) Autorización: Con este permiso, el ciudadano extranjero puede permanecer en Colombia un máximo de 90 días (3 meses) consecutivos en el país. Prorrogables por 90 días más. Esto quiere decir, que la estancia máxima de un extranjero que no requiere de visa en Colombia será de 180 días (6 meses). Podrán ser menos días, en el caso de que las Autoridades Migratorias lo consideren oportuno, debido a la existencia de actos fraudulentos o por motivos de expulsión o deportación.

Estos documentos debes mantenerlos contigo hasta el final de tu estadía en el país.

 

¿Dónde puedo solicitar una Visa Colombiana?

Las Visas podrán solicitarse por medio de tres vías:

a) En los Consulados en Colombia, en donde el trámite deberá ser presencial y personal. O en la Oficina de la Coordinación de Visas de Inmigración ubicada en Bogotá.

En este caso el interesado deberá:

  • Presentarse en la Coordinación de Visas e Inmigración (Av. Carrera 19 No 98 – 03, piso 3), con toda la documentación requerida, en la hora establecida y sin previa cita.

  • En la recepción, se le hará entrega de un número de turno y una orden de pago por concepto de análisis de estudio de la solicitud.

  • En el mismo piso, el interesado deberá pasar por la ventanilla del banco, para llevar a cabo el pago correspondiente a la solicitud. El mismo deberá realizarse en efectivo y en pesos colombianos.

  • Una vez llegado su turno, el oficial de visas le informará sobre los pasos que deberá seguir, teniendo en cuenta el resultado de su solicitud.

  • En el caso de que la solicitud sea inadmitida, deberá hacer un nuevo requerimiento de la solicitud y pago de la misma.

  • Por su parte, si la solicitud es aprobada, se le entregará un recibo de pago por concepto de visa, que deberá cancelar en pesos colombianos. Posterior al pago, se le hará entrega de su pasaporte con la visa.

b) A través de internet, por medio de la página web de la Cancillería Colombiana 

– Todos los requisitos podrán ser enviados de forma digital, a través del siguiente enlace. Haz clic aquí. 

– Al culminar el proceso en línea, si el titular del pasaporte no puede presentarse para que le sea estampada la Visa, tendrá la posibilidad de enviar un apoderado con el poder respectivo otorgado ante la autoridad correspondiente y además, presentar el documento de identidad.

c) En el exterior, podrá realizar la solicitud a través del Consulado Colombiano más cercano a su lugar de residencia. Para ingresar al directorio haga clic aquí:

 

Aspectos a tener en cuenta:

  • Si la autoridad encargada de expedir las Visas lo considera pertinente, puede que exista la posibilidad de que tenga que asistir a una entrevista y entregar mayor documentación.

  • En el caso de que existan errores en los datos de la Visa otorgada (ortográficos, mecanográficos o que no afecte los datos esenciales de la misma), el titular tendrá un plazo de 30 días para solicitar su corrección. En el caso de que los cambios no se lleven a cabo en el plazo establecido, deberá tramitarse un traspaso de visa. En este caso, el costo de este trámite será asumido por el solicitante.

  • El trámite de solicitud de la Visa será personal, sin embargo, el último paso, que es de la entrega de la Visa, puede llevarse a cabo por medio de un apoderado.

  • Inicie el trámite de renovación de su Visa con un mínimo de 30 días de anticipación.

  • La Visa otorgada debe ser registrada. En el caso de que la misma fuese otorgada en un Consulado en el Exterior, deberá registrarse dentro de los 15 primeros días, contando desde la fecha de ingreso al país. Si la Visa fue expedida en Colombia, la misma deberá ser registrada dentro de los 15 primeros días, contando a partir de su expedición.

  • En el caso de que ingrese al país con auto, además de los requisitos antes señalados, deberá presentar: título de propiedad del vehículo, seguros contra terceros válido en el Mercosur, licencia de conducir. Todos lo documentos deberán estar vigentes.

  • Para conocer los requisitos para el ingreso de los ciudadanos venezolanos a Colombia por vía terrestre, haz clic aquí.

 

Fuente:

Cancillería de Colombia

Ministerio de Relaciones Exteriores Migración Colombia