Cuando has emigrado a otro país y deseas vivir en éste sin problemas legales, debes saber que existen unos trámites con los que debes cumplir. Entre ellos, lograr conseguir una visa o permiso de estadía y tramitar todos los documentos necesarios para que tu permanencia en ese lugar sea legal.
La Visa o permiso de estadía, te permite permanecer de forma legal en un país del que no seas nacional y la misma debe ir de acuerdo a las actividades que desees desarrollar en su territorio. Por lo tanto, debes estar atento sobre los distintos tipos de visas y cumplir con las reglas que le son inherentes.
En Ecuador, existe la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento, que regula todo el proceso de migración en este país. En dicha ley, se estipulan una serie de normas, requisitos y procedimientos con los que deben cumplir los ciudadanos extranjeros que deseen vivir en territorio ecuatoriano. Cuando se incumple con algunas de esas normas y/o procedimientos, se está cometiendo una falta migratoria y por lo tanto, el ciudadano puede ser sancionado de acuerdo a lo que la misma ley estipula.
Por lo tanto, una falta migratoria es aquella que comete un ciudadano extranjero que no cumple con lo estipulado en la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento en Ecuador.
Al no cumplir con lo que la ley establece, se genera una sanción, que podrá ir desde el cobro de multas hasta la deportación, en los casos más graves.
¿Cómo será el cobro de multas por faltas migratorias en Ecuador?
Las multas por faltas migratorias podrán ir desde un salario básico unificado hasta los 15 salarios básicos unificados. Esta última dirigida a los empleadores (personas jurídicas) que no afilien a sus trabajadores en el IESS o no les paguen al menos un salario básico unificado. Por la misma falta, una persona natural, deberá pagar 10 salarios básicos unificados. Dichas multas serán aplicadas por autoridades de control migratorio o la policía nacional.
El ciudadano extranjero que sea identificado por una autoridad de control migratorio o la policía nacional, cometiendo una falta migratoria, será notificado de que cuenta con 30 días para regularizar su situación. En esta sentido, el ciudadano deberá dirigirse a cualquiera de las Coordinaciones Zonales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y solicitar la cita para solventar su situación sin tener que cancelar una multa. Pero si el mismo ciudadano se encuentra en situación irregular, deberá cancelar una multa de dos salarios básicos unificados más los gastos que genera el proceso de regularización.
Un ejemplo de esta situación será un ciudadano extranjero que cuente con una visa de turismo y sea identificado por una autoridad de control migratorio o la policía nacional, ejerciendo actividades remuneradas en Ecuador. Como la visa de turismo no permite llevar a cabo actividades remuneradas, este ciudadano estará cometiendo una falta migratoria, por lo que recibirá un aviso de 30 días, en los que deberá tramitar una Visa que le permita trabajar. (En este caso, no tendrá que pagar multa, siempre y cuando se encuentre en situación regular). Si el ciudadano hace caso omiso a dicho aviso y no tramita su visa para continuar sus actividades de forma legal en Ecuador y es identificado nuevamente por una autoridad de control migratorio o la policía nacional, se le hará entrega de forma automática una notificación de abandono voluntario del territorio ecuatoriano. Si aun así, el ciudadano extranjero, no acata la notificación, se dará inicio a un proceso de deportación.
Asimismo, se realizarán operativos, a nivel nacional, que se articularán con diferentes instituciones, tales como: el Ministerio de Trabajo, IESS, SRI, Policía Nacional, para identificar los casos en los cuales se esté dando un incumplimiento de la ley.
Conoce los casos en los cuales serán aplicadas multas migratorias
1.- Cuando se lleven a cabo actividades diferentes a las permitidas por la categoría migratoria obtenida a través de la autoridad competente, la multa será de un salario básico unificado.
2.- No regularizar su situación en el tiempo que establece la ley, generará una multa de dos salarios básicos unificados. Si existe reincidencia se cancelará la condición migratoria.
3.- Si un residente temporal se ausenta del Ecuador un período mayor al establecido por la ley, la multa será de tres salarios básicos unificados. Dicho período será de 90 días acumulables cada año, durante los dos primeros años.
4.- Si un residente permanente se ausenta del Ecuador un período mayor al establecido por la ley, la multa será de cuatro salarios básicos unificados. Dicho período será de 180 días acumulables cada año, durante los dos primeros años. Si existe reincidencia dentro del mismo período de tiempo perderá su condición migratoria.
Si quieres saber más sobre Otras Faltas Migratorias en Ecuador presta atención al siguiente cuadro:
Datos que debes tener en consideración:
- El organismo encargado del cobro de las multas será el Ministerio del Interior.
- Ciudadanos con visas de turistas, con visas de residencia temporal o residencia permanente, estarán sujetos al pago de multas si no cumplen con los estipulado por la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento.
- El ciudadano extranjero tendrá un plazo para regularizar su situación de 30 días. Si no lo hace recibirá una invitación a abandonar voluntariamente el país y en caso de que no acate la invitación, se iniciará un proceso de deportación.
- En el caso de la existencia de multa, el ciudadano extranjero deberá proceder a pagarla dentro de los 30 días siguientes a la fecha en la que misma fue aplicada.
Evítate inconvenientes innecesarios. Cumple con tus trámites migratorios y asegúrate una estadía tranquila en Ecuador.
Aviso: La información que te estamos facilitando tiene por finalidad servir de orientación a tus inquietudes. Si bien intentamos que la información que ofrecemos sea lo más precisa posible, no asumimos ninguna responsabilidad legal sobre su exactitud o tipo. Por lo que siempre recomendamos, para evitar inconvenientes al momento del trámite, confirmar la información en los organismos competentes o solicitar asesoría legal si el caso lo amerita. “No ofrecemos asesoría legal”.
Fuente:
Ley orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento (Ecuador)
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- Ecuador
Hola buenas noches , me gustaria que me informen en que articulo y de qué ley esta establecido lo de para no pagar una multa con estar fuera de ecudaro 2 años seria una alternativa, gracias …
Buenos días Naivzla.
Lo podrás ver en el artículo 146 del Reglamento de la Ley Orgánica de Movilidad Humana.
Al cometer una falta migratoria, quedas en situación de inadmitido al momento de salir del país. Para poder ingresar deberás: o pagar la multa o esperar un lapso de 2 años.
Te sugiero confirmar la información en el Consulado de Ecuador más cercano a tu lugar de residencia o a través de la página del Consulado Virtual, en la sección de “Contáctenos”.
Saludos Cordiales
Hola, llegué a Ecuador en mayo 2018 y solicité cita para tramitar visa de permanencia, la cual me la dieron para el mes de julio 2019 y para el momento no tenía dinero para cancelar los trámites migratorios correspondientes para sacar la visa. El pasado tres de septiembre salí al Perú luego de tramitar visa humanitaria para ingresar a Perú y me notificaron que debía cancelar una multa por no salir de Ecuador en el momento indicado al momento de ingresar. Ahora bien, mi pregunta es: ¿no estoy exenta de pago de multa por el decreto presidencial donde establece amnistía migratoria a los venezolanos por la puesta en vigencia de la visa humanitaria para venezolanos que entramos legal a Ecuador.
Pienso irme a Venezuela en los próximos días por problemas laborales y bancarios y tengo que pasar por Ecuador ¿puedo pasar sin problemas? Gracias
Hola Yoanna, buenas tardes.
Con relación a tus preguntas….
1.- ¿No estoy exenta de pago de multa por el decreto presidencial donde establece amnistía migratoria a los venezolanos por la puesta en vigencia de la visa humanitaria para venezolanos que entramos legal a Ecuador?
Hasta donde tenemos entendido, la exención de la multa aplica para aquellos venezolanos que se encuentran viviendo en Ecuador de forma irregular y desean regularizar su situación. De todas formas, es una información que deberás confirmar, ya sea en el Consulado de Ecuador más cercano a tu lugar de residencia, o a través de la página del Consulado Virtual, en la sección de “Contáctenos”.
2.- Pienso irme a Venezuela en los próximos días por problemas laborales y bancarios y tengo que pasar por Ecuador ¿puedo pasar sin problemas?
Lo más probable es que si existe una multa asignada, deberás pagarla o no podrás entrar a Ecuador. Asimismo, si te encontrarás en tránsito, las Autoridades de Control Migratorio podrán emitir un permiso de transeúnte de 10 días si te desplazas de forma terrestre o de 2 días si te encuentras en tránsito aéreo para que puedas ingresar a Ecuador.
Te recomiendo confirmar la información en el Consulado de Ecuador más cercano a tu lugar de residencia o a través de la página del Consulado Virtual, para así evitarte cualquier contratiempo.
Saludos
Hola buenas tardes.
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Le comento tengo unas visa temporaria unasur en Ecuador, tengo más de 90 días fuera del país, de querer ingresar nuevamente, tengo que pagar una multa de 3 salarios mínimos? Si la multa es pagada la visa tiene validez por el resto del tiempo que le queda por vencer?
De igual manera ya la visa se vence en Enero 2020, si ingreso luego de esa fecha, igual tengo que pagar multa?
Y de no querer pagar multa debo esperar 2 años para ingresar?
Gracias de ante mano por la ayuda brindada.
Buenas tardes Marii.
Respondiendo a tus preguntas…
1.- Tengo más de 90 días fuera del país, de querer ingresar nuevamente, ¿tengo que pagar una multa de 3 salarios mínimos?
Sí, debe pagar la multa correspondiente.
2.- ¿Si la multa es pagada la visa tiene validez por el resto del tiempo que le queda por vencer?
Tenemos entendido que la visa no pierde su vigencia a menos que exista reincidencia.
3.- De igual manera ya la visa se vence en Enero 2020, si ingreso luego de esa fecha, ¿igual tengo que pagar multa?
Si desea tramitar una nueva visa, tendrá que pagar la multa, ya que si la idea era permanecer fuera de Ecuador, se debió haber procedido a cancelar la visa.
4.- ¿De no querer pagar multa debo esperar 2 años para ingresar?
Así es, de no querer pagar la multa, deberá esperar dos años para poder ingresar de nuevo a Ecuador.
Le recomiendo confirmar la información en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, o a través del Consulado Virtual, en la sección de “Contáctenos”, pues cada caso cuenta con sus particularidades que pueden variar un poco la forma de resolverlos.
Suerte
Buenos días, muchas gracias por la respuesta.
Ahora bien, me surge pregunta ¿cuánto tiempo tiene impedido la entrada al Ecuador por haber pasado el límite antes sin tener que pagar esa multa? o,
Puedo ir a preguntar en migración en IBARRA ¿si puedo solicitar un nuevo visado? y ¿si tengo que pagar la multa antes puedo pedir un aplazamiento para pagos en cuotas?
Te agradezco muchísimo por las respuesta que tengas. Una linda semana.
Hola Wilson5305. Muy buen día.
Con relación a tus dudas…
1.- ¿Cuánto tiempo tiene impedido la entrada al Ecuador por haber pasado el límite antes sin tener que pagar esa multa?
Si no deseas pagar la multa, deberá estar fuera de Ecuador durante 2 años.
2.- ¿Si puedo solicitar un nuevo visado?
Se puede solicitar una nueva visa siempre y cuando se pague la multa.
3.- ¿Si tengo que pagar la multa antes puedo pedir un aplazamiento para pagos en cuotas?
Hasta donde tenemos entendido este sistema de pago de multas no existe.
De igual forma, te recomiendo confirmar la información en el Ministerio de Interior que es el organismo encargado de aplicar y cobrar las multas. También puedes dirigirte a la oficina de Servicios de Apoyo Migratorio más cercana a tu lugar de residencia, en donde podrás recibir orientación de acuerdo a las particularidades de tu caso.
Saludos y muy feliz semana.
Buenos días
Mi pregunta es… Mi Esposa es de Bolivia actualmente vive en Ecuador ya más de 4 años fue con visa del Mercosur desde Madrid para quedase allá vivíamos en Madrid
Hace 3 años nos casamos en Quito y tenemos tres hijas, no hay escusas
Pero por descuido y el que ella este allá sola no hemos regularizado su situación la visa pues ya esta vencida y yo trabajo en Madrid.
Este diciembre vamos a ir a Bolivia a visitar a la familia de mi esposa en avión.
Tendremos problemas por ello? Ya que no hemos regularizado la situación de ella?
¿Dónde debo acudir a preguntar cuánto debo pagar o si es el caso puedo todavía regularizar y no pagar la multa?
Ahora mismo me encuentro en Madrid.
En Ecuador vivo en Cotacachi -Imbabura
Le agradezco su respuesta sería de mucha ayuda.
Hola Wilson5305. Buenos días.
Respondiendo a tus preguntas..
1.- Este diciembre vamos a ir a Bolivia a visitar a la familia de mi esposa en avión. ¿Tendremos problemas por ello? Ya que no hemos regularizado la situación de ella.
Si no regularizan su situación, podrá salir de Ecuador, pero no podrá volver a entrar sin antes pagar la multa por no haber resuelto su situación migratoria en el tiempo que dicta la ley.
2.- ¿Dónde debo acudir a preguntar cuánto debo pagar o si es el caso puedo todavía regularizar y no pagar la multa?
Te comparto el link: Multas migratorias en Ecuador – ¿Dónde y cómo pagarlas?
https://www.adipiscor.com/tramites-cotidianos/multas-migratorias-en-ecuador-donde-y-como-pagarlas/
Luego de pagar la multa, podrás hacer la solicitud de la visa.
Te recomiendo, antes de realizar cualquier trámite, confirmar la información en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, o a través de la página del Consulado Virtual, en la sección de “contáctenos”.
Saludos