¿Sabes qué son las faltas migratorias? ¿Sabías que si cometes alguna falta migratoria puedes ser sancionado? ¿Quieres conocer cuáles son esas sanciones? ¡Te las contamos a continuación!

 

Cuando has emigrado a otro país y deseas vivir en éste sin problemas legales, debes saber que existen unos trámites con los que debes cumplir. Entre ellos, lograr conseguir una visa o permiso de estadía y tramitar todos los documentos necesarios para que tu permanencia en ese lugar sea legal.

La Visa o permiso de estadía, te permite permanecer de forma legal en un país del que no seas nacional y la misma debe ir de acuerdo a las actividades que desees desarrollar en su territorio. Por lo tanto, debes estar atento sobre los distintos tipos de visas y cumplir con las reglas que le son inherentes.

En Ecuador, existe la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento, que regula todo el proceso de migración en este país. En dicha ley, se estipulan una serie de normas, requisitos y procedimientos con los que deben cumplir los ciudadanos extranjeros que deseen vivir en territorio ecuatoriano. Cuando se incumple con algunas de esas normas y/o procedimientos, se está cometiendo una falta migratoria y por lo tanto, el ciudadano puede ser sancionado de acuerdo a lo que la misma ley estipula.

Por lo tanto, una falta migratoria es aquella que comete un ciudadano extranjero que no cumple con lo estipulado en la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento en Ecuador.

Al no cumplir con lo que la ley establece, se genera una sanción, que podrá ir desde el cobro de multas hasta la deportación, en los casos más graves.

¿Cómo será el cobro de multas por faltas migratorias en Ecuador?

Las multas por faltas migratorias podrán ir desde un salario básico unificado hasta los 15 salarios básicos unificados. Esta última dirigida a los empleadores (personas jurídicas) que no afilien a sus trabajadores en el IESS o no les paguen al menos un salario básico unificado. Por la misma falta, una persona natural, deberá pagar 10 salarios básicos unificados. Dichas multas serán aplicadas por autoridades de control migratorio o la policía nacional.

El ciudadano extranjero que sea identificado por una autoridad de control migratorio o la policía nacional, cometiendo una falta migratoria, será notificado de que cuenta con 30 días para regularizar su situación. En esta sentido, el ciudadano deberá dirigirse a cualquiera de las Coordinaciones Zonales del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana y solicitar la cita para solventar su situación sin tener que cancelar una multa. Pero si el mismo ciudadano se encuentra en situación irregular, deberá cancelar una multa de dos salarios básicos unificados más los gastos que genera el proceso de regularización.

Un ejemplo de esta situación será un ciudadano extranjero que cuente con una visa de turismo y sea identificado por una autoridad de control migratorio o la policía nacional, ejerciendo actividades remuneradas en Ecuador. Como la visa de turismo no permite llevar a cabo actividades remuneradas, este ciudadano estará cometiendo una falta migratoria, por lo que recibirá un aviso de 30 días, en los que deberá tramitar una Visa que le permita trabajar. (En este caso, no tendrá que pagar multa, siempre y cuando se encuentre en situación regular). Si el ciudadano hace caso omiso a dicho aviso y no tramita su visa para continuar sus actividades de forma legal en Ecuador y es identificado nuevamente por una autoridad de control migratorio o la policía nacional, se le hará entrega de forma automática una notificación de abandono voluntario del territorio ecuatoriano. Si aun así, el ciudadano extranjero, no acata la notificación, se dará inicio a un proceso de deportación.

Asimismo, se realizarán operativos, a nivel nacional, que se articularán con diferentes instituciones, tales como: el Ministerio de Trabajo, IESS, SRI, Policía Nacional, para identificar los casos en los cuales se esté dando un incumplimiento de la ley.

Conoce los casos en los cuales serán aplicadas multas migratorias

1.- Cuando se lleven a cabo actividades diferentes a las permitidas por la categoría migratoria obtenida a través de la autoridad competente, la multa será de un salario básico unificado.

2.- No regularizar su situación en el tiempo que establece la ley, generará una multa de dos salarios básicos unificados. Si existe reincidencia se cancelará la condición migratoria.

3.- Si un residente temporal se ausenta del Ecuador un período mayor al establecido por la ley, la multa será de tres salarios básicos unificados. Dicho período será de 90 días acumulables cada año, durante los dos primeros años.

4.- Si un residente permanente se ausenta del Ecuador un período mayor al establecido por la ley, la multa será de cuatro salarios básicos unificados. Dicho período será de 180 días acumulables cada año, durante los dos primeros años. Si existe reincidencia dentro del mismo período de tiempo perderá su condición migratoria.

Si quieres saber más sobre Otras Faltas Migratorias en Ecuador presta atención al siguiente cuadro:

Datos que debes tener en consideración:

  • El organismo encargado del cobro de las multas será el Ministerio del Interior.
  • Ciudadanos con visas de turistas, con visas de residencia temporal o residencia permanente, estarán sujetos al pago de multas si no cumplen con los estipulado por la Ley Orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento.
  • El ciudadano extranjero tendrá un plazo para regularizar su situación de 30 días. Si no lo hace recibirá una invitación a abandonar voluntariamente el país y en caso de que no acate la invitación, se iniciará un proceso de deportación.
  • En el caso de la existencia de multa, el ciudadano extranjero deberá proceder a pagarla dentro de los 30 días siguientes a la fecha en la que misma fue aplicada.

Evítate inconvenientes innecesarios. Cumple con tus trámites migratorios y asegúrate una estadía tranquila en Ecuador.

Aviso: La información que te estamos facilitando tiene por finalidad servir de orientación a tus inquietudes. Si bien intentamos que la información que ofrecemos sea lo más precisa posible, no asumimos ninguna responsabilidad legal sobre su exactitud o tipo. Por lo que siempre recomendamos, para evitar inconvenientes al momento del trámite, confirmar la información en los organismos competentes o solicitar asesoría legal si el caso lo amerita. “No ofrecemos asesoría legal”.

Fuente:

Ley orgánica de Movilidad Humana y su Reglamento (Ecuador)

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