¿Eres ciudadano extranjero, deseas establecerte de forma temporal en Ecuador y cuentas con un familiar ecuatoriano o con familiar extranjero residente en este país? ¡Entérate de cómo tramitar la Visa de Residencia Temporal de Amparo!

 

La Visa de Residencia Temporal de Amparo, aplica para aquellas personas extranjeras que desean vivir en el Ecuador y que cuentan con un lazo de parentesco, hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad, con un nacional ecuatoriano o con un ciudadano extranjero residente en este país. Con este tipo de Visa, se obtendrá un permiso de estadía regular en el Ecuador y se mantendrá, siempre y cuando existan los lazos de parentesco.

 

Existen tres opciones para hacer la solicitud de la Visa de Amparo, como lo son:

 

La Visa Amparo en Ciudadanos Ecuatorianos, la Visa Amparo en Ciudadanos Extranjeros residentes en el Ecuador y la Visa Amparo por Unión de Hecho.

 

Requisitos para la Visa Amparo en Ciudadanos Ecuatorianos:

 

1.- Agendar una cita en el “Sistema Virtual para Emisión de Visas”, en la página de la Cancillería de Ecuador.

 

2.- Llenar el Formulario de Solicitud. Y adjuntar fotografía digital, tamaño pasaporte con fondo blanco.

 

3.- Presentar el Pasaporte, con vigencia mínima de por lo menos 6 meses.

 

4.- Certificado de Antecedentes Penales, emitido por el país de origen del extranjero, o del lugar en el que ha residido durante los último a 5 años. Legalizado y/o apostillado y debidamente traducido si fuere el caso. Con una vigencia máxima de 6 meses, contadas desde la fecha de emisión del documento.

 

5.- Cédula de Ciudadanía del Amparante.

 

6.- Papeleta de Votación del Amparante.

 

7.- Documentos que comprueben el lazo de parentesco o el vínculo matrimonial, tales como: actas o inscripciones de matrimonios o partidas de nacimiento, las cuales deberán estar debidamente legalizadas y/o apostilladas y traducidas (si fueron emitidas en el exterior).

 

8.- En el caso de que el amparado sea madre o padre soltero o divorciado, que NO tenga la custodia del menor de edad amparante, deberá anexarse la copia certificada por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia, de la consignación voluntaria de la pensión alimenticia a favor del menor, o copia de la sentencia que regule la pensión del menor de edad amparante. En el caso de que este documento no exista, deberá anexarse la constancia del último pago o depósito de dicha pensión alimenticia.

 

9.- Certificado de Movimiento Migratorio.

 

Requisitos para la Visa Amparo en ciudadanos Extranjeros Residentes Permanentes en el Ecuador.

 

1.- Agendar una cita en el “Sistema Virtual para Emisión de Visas”, en la página de la Cancillería de Ecuador.

 

2.- Presentar el Formulario de solicitud,  teniendo el cuidado de llenarlo de forma correcta. Adjuntar una fotografía tamaño pasaporte con fondo blanco.

 

3.- Pasaporte, con vigencia mínima de por lo menos 6 meses.

 

4.- Certificado de Antecedentes Penales, emitido por el país de origen del extranjero, o del lugar en el que ha residido durante los último a 5 años. Legalizado y/o apostillado y debidamente traducido si fuere el caso. Con una vigencia máxima de 6 meses, contadas desde la fecha de emisión del documento.

 

5.- Cédula de Ciudadanía del Amparante.

 

6.- Documentos que comprueben el lazo de parentesco o el vínculo matrimonial, tales como: actas o inscripciones de matrimonios o partidas de nacimiento, las cuales deberán estar debidamente legalizadas y/o apostilladas y traducidas (si fueron emitidas en el exterior).

 

7.- El amparante extranjero que desee amparar a personas con las que no tenga lazos de consanguinidad, deberá presentar un certificado de solvencia económica, en el que demuestra que podrá atender las necesidades del amparado. Los documentos que podrá presentar son los siguientes: estados de cuentas bancarias, contrato de trabajo o mecanizado del IESS.

 

Deberá demostrar el ingreso de 800 dólares mensuales para el primer amparado y 100 dólares por cada persona adicional. Si la hubiere.

 

En el caso de que el estado de cuenta bancario, proceda de una entidad bancaria extranjera, el mismo deberá estar certificado por un funcionario del servicio exterior ecuatoriano del país en donde haya sido emitido dicho documento.

 

8.- Certificado de Movimiento Migratorio.

 

Requisitos Visa Amparo por Unión de Hecho.

 

1.- Agendar una cita en el “Sistema Virtual para Emisión de Visas”, en la página de la Cancillería de Ecuador.

 

2.- Llenar el Formulario de solicitud. Y adjuntar un fotografía tamaño pasaporte con fondo blanco.

 

3.- Pasaporte. con vigencia mínima de por lo menos 6 meses.

 

4.- Certificado de Antecedentes Penales, emitido por el país de origen del extranjero, o del lugar en el que ha residido durante los último a 5 años. Legalizado y/o apostillado y debidamente traducido si fuere el caso. Con una vigencia máxima de 6 meses, contadas desde la fecha de emisión del documento.

 

5.- Cédula de Ciudadanía del Amparante.

 

6.- Papeleta de Votación del Amparante si éste es ecuatoriano.

 

7.- Acta de Unión de Hecho, realizada ante Notario Público o resolución judicial. Acompañada de la declaración testimonial.

 

8.- Certificado de soltería del ciudadano extranjero apostillado y/o legalizado. Este certificado deberá ser emitido por la autoridad competente en el país de origen.

 

9.- Certificado de Movimiento Migratorio.

¿Cuál será la validez y costo de la Visa Amparo?

La Visa Amparo tendrá una validez de dos años, siempre y cuando se mantengan los lazos de parentesco.

Su costo será de 250 dólares. De los cuales, 50 dólares serán para la solicitud de la Visa y 200 dólares será el costo de la Visa Amparo por Consanguinidad o por Afinidad.

En el caso de que el solicitante sea discapacitado y presente un documento emitido por la autoridad sanitaria competente, en el que se certifique tal discapacidad, será exonerado del pago, tanto de la solicitud como de la visa.

 

Datos a tener en consideración:

a) Todos los documentos solicitados deberán estar certificados por el país de origen del solicitante.

b) El Amparante debe demostrar que posee la suficiente solvencia económica, o ingresos suficientes para que el Amparado permanezca en el país. O el Amparado debe demostrar que posee los recursos económicos necesarios para permanecer en el país sin problemas.

c) Es importante que el solicitante disponga de una cuenta de correo electrónico válida, a través de la cual, recibirá las notificaciones por parte del a Dirección de Extranjería, sobre el estado de su caso.

d) Se deberá presentar justificativo de permanencia regular en el país, en el caso de que sea una Visa presencial. Así como el Certificado de Movimiento Migratorio, con vigencia de hasta 30 días a la fecha de presentación de la solicitud.

e) Este es un trámite que no requiere de intermediarios, ni de pagos adicionales a los ya estipulados.

f) Los titulares de una Visa de Residencia Temporal de Amparo, podrán ausentarse del país con salidas múltiples, pero no podrán permanecer fuera del Ecuador, por un período mayor a 90 días, cada año, durante los dos primeros años. En el caso de no cumplir con esta norma, el extranjero caerá en falta migratoria, con lo que deberá pagar la multa correspondiente. En el caso de reincidencia, le será cancelada la documentación.

g) Recuerda: Se deberá presentar un Seguro de Salud, público o privado, con cobertura total, en un plazo de 30 días posteriores al otorgamiento de la Visa. 

 

 

Fuente:

Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana