Al tramitar la Visa Amparo, los lazos que se tendrán en cuenta serán los siguientes: primer o segundo grado de consanguinidad, como lo es: padres, hijos, abuelos, hermanos, nietos y/o primer o segundo grado de afinidad, como lo es: cónyuge, pareja de unión de hecho, suegros, cuñados.
Con este tipo de Visa, se obtendrá un permiso de Residencia (temporal o permanente dependiendo del tipo de visa con la que cuente el amparante (extranjero) o permanente si quien ampara es un ciudadano ecuatoriano) en el Ecuador, siempre y cuando se mantengan los lazos de parentesco.
A partir de esta Visa Amparo, podrá solicitar: la Visa Amparo en Ciudadanos Ecuatorianos, la Visa Amparo en Ciudadanos Extranjeros residentes en el Ecuador y la Visa Amparo por Unión de Hecho.
Requisitos para la Visa Amparo en Ciudadanos Ecuatorianos:
Hacer la solicitud de tu cita AQUÍ.
1.- Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral
2.- Llenar el Formulario de Solicitud de Visa. Y adjuntar fotografía digital, tamaño pasaporte con fondo blanco.
3.- Presentar el Pasaporte con vigencia mínima de por lo menos 6 meses.
4.- Certificado de Antecedentes Penales, emitido por el país de origen del extranjero, o del lugar en el que ha residido durante los último a 5 años. Legalizado y/o apostillado y debidamente traducido si fuere el caso. Con una vigencia máxima de 6 meses, contadas desde la fecha de emisión del documento.
5.- Certificado de Antecedentes Penales ecuatorianos emitidos por el Ministerio de Interior, (a través de su página web). Este será requerido únicamente en los casos de renovación de la Visa Temporal para mayores de 18 años.
6.- Cédula de Ciudadanía del Amparante.
7.- Papeleta de Votación del Amparante.
8.- Documentos que comprueben el lazo de parentesco o el vínculo matrimonial, tales como: actas o inscripciones de matrimonios o partidas de nacimiento, las cuales deberán estar debidamente legalizadas y/o apostilladas y traducidas (si fueron emitidas en el exterior).
9.- En el caso de que el amparado sea madre o padre soltero o divorciado, que NO tenga la custodia del menor de edad amparante, deberá anexarse la copia certificada por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia, de la consignación voluntaria de la pensión alimenticia a favor del menor, o copia de la sentencia que regule la pensión del menor de edad amparante. En el caso de que este documento no exista, deberá anexarse la constancia del último pago o depósito de dicha pensión alimenticia.
10.- Certificado de Movimiento Migratorio.
Requisitos para la Visa Amparo en ciudadanos Extranjeros inmigrantes en el Ecuador.
Hacer la solicitud de tu cita AQUÍ.
1.- Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral
2.- Presentar el Formulario de Solicitud de Visa, teniendo el cuidado de llenarlo de forma correcta. Adjuntar una fotografía tamaño pasaporte con fondo blanco.
3.- Pasaporte con vigencia mínima de por lo menos 6 meses.
4.- Certificado de Antecedentes Penales, emitido por el país de origen del extranjero, o del lugar en el que ha residido durante los último a 5 años. Legalizado y/o apostillado y debidamente traducido si fuere el caso. Con una vigencia máxima de 6 meses, contadas desde la fecha de emisión del documento.
5.- Certificado de Antecedentes Penales ecuatorianos emitidos por el Ministerio de Interior, (a través de su página web). Este será requerido únicamente en los casos de renovación de la Visa Temporal para mayores de 18 años.
6.- Cédula de Identidad del Amparante.
7.- Documentos que comprueben el lazo de parentesco o el vínculo matrimonial, tales como: actas o inscripciones de matrimonios o partidas de nacimiento, las cuales deberán estar debidamente legalizadas y/o apostilladas y traducidas (si fueron emitidas en el exterior).
8.- El amparante extranjero que desee amparar a personas con las que no tenga lazos de consanguinidad, deberá presentar un certificado de solvencia económica, en el que demuestra que podrá atender las necesidades del amparado. Los documentos que podrá presentar son los siguientes: estados de cuentas bancarias, contrato de trabajo o mecanizado del IESS.
Deberá demostrar el ingreso de 800 dólares mensuales para el primer amparado y 100 dólares por cada persona adicional. Si la hubiere.
En el caso de que el estado de cuenta bancario, proceda de una entidad bancaria extranjera, el mismo deberá estar certificado por un funcionario del servicio exterior ecuatoriano del país en donde haya sido emitido dicho documento.
9.- Certificado de Movimiento Migratorio.
Requisitos Visa Amparo por Unión de Hecho.
Hacer la solicitud de tu cita AQUÍ.
1.- Fotografía a color en formato JPG máximo de un mb, 5 x 5 cms (2 x 2 pulgadas), actualizada, con fondo blanco, la expresión facial debe ser neutral
2.- Llenar el Formulario de Solicitud de Visa. Y adjuntar un fotografía tamaño pasaporte con fondo blanco.
3.- Pasaporte con vigencia mínima de por lo menos 6 meses.
4.- Certificado de Antecedentes Penales, emitido por el país de origen del extranjero, o del lugar en el que ha residido durante los último a 5 años. Legalizado y/o apostillado y debidamente traducido si fuere el caso. Con una vigencia máxima de 6 meses, contadas desde la fecha de emisión del documento.
5.- Certificado de Antecedentes Penales ecuatorianos emitidos por el Ministerio de Interior, (a través de su página web). Este será requerido únicamente en los casos de renovación de la Visa Temporal para mayores de 18 años.
6.- Cédula de Ciudadanía del Amparante.
7.- Papeleta de Votación del Amparante si éste es ecuatoriano.
8.- Acta de Unión de Hecho, realizada ante Notario Público o resolución judicial. Acompañada de la declaración testimonial.
9.- Certificado de soltería del ciudadano extranjero apostillado y/o legalizado. Este certificado deberá ser emitido por la autoridad competente en el país de origen.
10.- Certificado de Movimiento Migratorio.
¿Cuál será la validez y costo de la Visa Amparo?
La Visa Amparo tendrá una validez temporal (de 2 años) o permanente, siempre y cuando se mantengan los lazos de parentesco.
Su costo será de 250 dólares. De los cuales, 50 dólares serán para la solicitud de la Visa y 200 dólares será el costo de la Visa Amparo por Consanguinidad o por Afinidad.
En el caso de que el solicitante sea discapacitado y presente un documento emitido por la autoridad sanitaria competente, en el que se certifique tal discapacidad, será exonerado del pago, tanto de la solicitud como de la visa.
¿Cuánto dura el trámite?
Se estima que el trámite pueda durar de 2 a 6 semanas, contado desde el momento en el que se presenta la solicitud.
Datos a tener en consideración:
a) Todos los documentos solicitados deberán estar certificados por el país de origen del solicitante.
b) El Amparante debe demostrar que posee la suficiente solvencia económica, o ingresos suficientes para que el Amparado permanezca en el país. O el Amparado debe demostrar que posee los recursos económicos necesarios para permanecer en el país sin problemas.
c) Es importante que el solicitante disponga de una cuenta de correo electrónico válida, a través de la cual, recibirá las notificaciones por parte del a Dirección de Extranjería, sobre el estado de su caso, así como la visa si la misma es aprobada.
d) Se deberá presentar justificativo de permanencia regular en el país, en el caso de que sea una Visa presencial. Así como el Certificado de Movimiento Migratorio, con vigencia de hasta 30 días a la fecha de presentación de la solicitud.
e) Este es un trámite que no requiere de intermediarios, ni de pagos adicionales a los ya estipulados.
f) Recuerde que deberá agendar una cita en el “Sistema Virtual para Emisión de Visas”, en la página de la Cancillería de Ecuador.
g) Deberá contar un Seguro de Salud, público o privado, con cobertura total, en un plazo de 30 días posteriores al otorgamiento de la Visa.
Fuente:
Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
Si quieres saber más acerca de los requisitos para el trámite de la Visa Amparo, haz clic aquí.
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Tal vez te pueda interesar: ¿Cuáles son los tipos de Visas en Ecuador?
- Ecuador
Hola, soy cubana y estoy casada con un ecuatoriano, actualmente él reside en EE.UU, pero me piensa tramitar la visa de Amparo por matrimonio y tiene contrato de trabajo allá, dicho contrato me sirve para poner en la página web para demostrar que no seré una carga para el gobierno ecuatoriano ?
Otra interrogante: En los papeles q me piden adjuntar el la solicitud de la visa en la página web, tengo que poner los escáneres del certificado de matrimonio y los antecedentes penales?
Y otra pregunta, el formulario de Solicitud de la Visa, con la foto lo escaneo y lo meto junto con los otros papeles que tengo que adjuntar o ese es para llevar el día de la cita en la embajada cubana?
Muchas gracias.
Buenos días Ale1993. Bienvenida a nuestra comunidad.
Respondiendo tus preguntas…
1.-¿Soy cubana y estoy casada con un ecuatoriano, actualmente él reside en EE.UU, pero me piensa tramitar la visa de Amparo por matrimonio y tiene contrato de trabajo allá, dicho contrato me sirve para poner en la página web para demostrar que no seré una carga para el gobierno ecuatoriano?
Para solicitar la Visa de Residencia de Amparo fundamentada en el matrimonio con tu esposo ecuatoriano, el mismo deberá estar residiendo en Ecuador. Los medios para comprobar solvencia económica, para el trámite de la Visa de Residencia Permanente de Amparo, podrás revisarlos en el siguiente link:
https://www.adipiscor.com/tramites-cotidianos/visas/como-demostrar-los-medios-licitos-de-vida-para-el/
2.- ¿En los papeles que me piden adjuntar a la solicitud de la visa en la página web, tengo que poner los escáneres del certificado de matrimonio y los antecedentes penales?
Eso es correcto, deberás adjuntar el pdf de los antecedentes penales del país en el cual resides y del certificado de matrimonio, que es el documento en el que se fundamentaría dicha solicitud, además de los requisitos señalados en este artículo. Dichos documentos deberán estar debidamente legalizados y/o apostillados.
3.- ¿El formulario de Solicitud de la Visa, con la foto lo escaneo y lo meto junto con los otros papeles que tengo que adjuntar o ese es para llevar el día de la cita en la embajada cubana?
El formulario de Solicitud de la Visa, deberá estar debidamente firmado y contener la foto del solicitante. Luego, deberá adjuntarse a los demás requisitos para la solicitud de la visa.
Como estás casada con un ciudadano ecuatoriano, corresponde la Visa de Residencia de Amparo Permanente,.Tenemos entendido que este tipo de Visa puede solicitarse a través de la página del Consulado Virtual desde Cuba, en el caso de que no puedas hacerlo deberás escribir a este correo: visas.ecu.cu@gmail.com
Por otro lado, si se encuentran casados y el matrimonio fue inscrito hace más de 2 años en la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, tal vez puedas optar por hacer la solicitud de Naturalización por Matrimonio o Unión de Hecho, cuyos requisitos podrás revisar en el siguiente link:
https://www.adipiscor.com/tramites-cotidianos/visas/como-obtener-la-nacionalidad-ecuatoriana-por-matri/
Antes de iniciar cualquier tipo de trámite, te recomiendo confirmar la información en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, si te encuentras en Ecuador. Si te encuentras fuera, en el Consulado de Ecuador más cercano a tu lugar de residencia o a través de la página del Consulado Virtual, en la sección de “Contáctenos”.
También, podemos sugerirte la asistencia de Ontaneda & Posso Abogados, quienes son especialistas en temas de visas. En el caso de que decidas contactarlos coméntales que has obtenido la recomendación en adipiscor.com y entrega el siguiente código: 4o?OjI
Aviso: Es importante que tengas presente que te estamos refiriendo a un miembro de la comunidad que es diferente e independiente de Adipiscor.com. En este caso, no podemos hacernos responsables por la negociación ni los resultados obtenidos.
Por favor cuando hayas finalizado tu trámite, comentándonos cómo te ha ido, para así poder ayudar a otros que se encuentren en la misma situación que tú.
Saludos
Buenas tardes Mirian, muy agradecida por su respuesta. Se me olvido comentarle que mi esposo tiene doble nacionalidad, también es ciudadano americano, y por ende su trabajo y sus ingresos son de allá. entonces siento así, tampoco hay posibilidades de la visa .Además que diferencia hay entre la visa permanente de amparo y la visa de residencia de amparo permanente.
lo ultimo, cómo me pongo en contacto con los abogados que me recomendaste.
muchas gracias…
Hola Ale1993. Estamos siempre a la orden y dispuesto a ayudar.
Con relación a tus preguntas:
1.- Se me olvido comentarle que mi esposo tiene doble nacionalidad, también es ciudadano americano, y por ende su trabajo y sus ingresos son de allá. entonces siendo así, tampoco hay posibilidades de la visa.
Tal vez podría aplicar la Visa de Residencia Temporal Rentista, pero es algo que deberás confirmar, siendo que tus ingresos vendrían de otro país.
Puedes revisar los requisitos para este tipo de visa en el siguiente link:
https://www.cancilleria.gob.ec/residente-temporal-rentista/
2.- ¿Qué diferencia hay entre la visa permanente de amparo y la visa de residencia de amparo permanente?
La Visa de Residencia Temporal de Amparo tiene una duración de dos años (por eso recibe el nombre de temporal), pero como eres cónyuge de un ciudadano ecuatoriano, correspondería, la Visa de Residencia Permanente de Amparo, lo que quiere decir que no tiene período de vencimiento, a menos que el fundamento que le dio origen desaparezca. O lo que es lo mismo, que te separes de tu esposo.
3.- ¿Cómo me pongo en contacto con los abogados que me recomendaste?
Te dejo el link en el que podrás encontrar sus datos de contacto: https://www.ontaneda-posso.com/contacto
O puedes escribirles a esta dirección de correo electrónico: abposso@ontaneda-posso.com
Te recomiendo antes de realizar tu trámite, confirmar la información en los organismos competentes.
Saludos
Muchas Gracias por su respuesta es de mucha ayuda, si no es molestia y pudiera contestarme otra duda, Yo soy Médico y voy a arribar a Ecuador con una visa de amparo, mi duda es si una vez que yo llegue que presente mi titulo en el SENESCYT para la homologacion y que este sea homologado sin problemas puedo solicitar una visa profesional sin tener que esperar que pase un tiempo para poder amparar a mi mamá y mi hermano, saludos y muchas gracias
Hola Enrique, es para nosotros un placer poder ayudar.
Una vez tengas el título reconocido por la Senescyt, podrás hacer el cambio a tu Visa de Residencia Profesional. Hasta donde tengo entendido, no existen plazos para hacer el cambio de una visa a otra. Simplemente, haces el cambio si tu condición ha cambiado y deseas tener otro tipo de visa porque la que tienes ya no es conveniente para ti, pero es algo que deberás confirmar en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, o en la página del Consulado Virtual, en la sección de “Contáctenos”.
Luego de que tu Visa de Residencia Profesional sea aprobada, entonces podrás amparar a tus familiares.
Te dejo el link sobre: ¿Cómo Registrar tu Título Profesional Extranjero en la Senescyt?
https://www.adipiscor.com/tramites-cotidianos/visas/como-registrar-tu-titulo-profesional-extranjero-en/
http://servicios.senescyt.gob.ec/proceso/registro-de-titulos-extranjeros/
Te comparto este otro link:
¿Cómo hacer el cambio de categoría migratoria? Ecuador
https://www.adipiscor.com/tramites-cotidianos/visas/como-hacer-el-cambio-de-categoria-migratoria-ecuad/
Recuerda siempre, antes de realizar cualquier tipo de trámite relacionados con visas, confirmar la información en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en el Consulado de Ecuador más cercano a tu lugar de residencia o a través de la página del Consulado Virtual, en la sección de “Contáctenos”.
Saludos
Buenas noches a todo el equipo quisiera una pregunta, yo y mi esposa vamos a ser amparados por el papá de mi esposa y estamos próximos a arribar con la visa de amparo a Ecuador, yo quisiera saber si yo cuando llegue a Ecuador que me den mi residencia temporal puedo hacerle una visa de amparo a mi mamá y mi hermano que viven en Brasil y tienen residencia de ese país, o que tiempo tengo que esperar para poderlos amparar, o si tengo que hacer algún otro trámite para poderlos llevar a vivir conmigo a Ecuador, ellos tienen residencia en Brasil para aún no son ciudadanos de ese país, somos cubanos. Por fa si me pudieran aclarar por esta vía o por mi correo personal. Saludos y muchas Gracias de antemano.
Hola Enrique, buenaos días.
Las Visas de Residencia de Amparo, (sea temporal o permanente) en Ecuador, no permiten a su vez amparar. Es decir, un amparado no puede amparar. Para poder hacerlo, deberás contar con otro tipo de visa que sí lo permita. Pudiendo ser: la Visa de Residencia de Trabajo, la Visa de Residencia Profesional, entre otras.
O en su defecto, tu madre y tu hermano, deberán tramitar su propia visa. O alguno de los dos tramita una visa y el otro es amparado.
Podrás revisar los tipos de Visas que ofrece Ecuador en el siguiente link:
https://www.adipiscor.com/tramites-cotidianos/visas/conoces-los-nuevos-tipos-de-visas-en-ecuador-nueva/
Te sugiero confirmar la información en la página del Consulado Virtual, en la sección de “Contáctenos”, o en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Saludos
Buenas tardes a todo el equipo!! Quisiera hacer una consulta más. Mi cuñado es ecuatoriano, ya nos ha amparado a mis padres y a mi. Podría igualmente amparar a mi esposa. ¿Entraría mi esposa dentro del 2do grado de afinidad para mi cuñado? En caso de que no pudiese mi cuñado amparar a mi esposa, qué otro tipo de visa necesito yo para ampararla? Muchas gracias.
Buenas tardes Pablo.
Respondiendo a tu pregunta…
1.- Mi cuñado es ecuatoriano, ya nos ha amparado a mis padres y a mí. Podría igualmente amparar a mi esposa. ¿Entraría mi esposa dentro del 2do grado de afinidad para mi cuñado?
Si tu esposa es su hermana o su cuñada, sí puede ampararla. Si no existe ningún lazo entre ellos, no podrá hacerlo. Pero es algo que te recomiendo confirmar en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana o a través de la página del Consulado Virtual, en la sección de “Contáctenos”.
2.- En caso de que no pudiese mi cuñado amparar a mi esposa, ¿qué otro tipo de visa necesito yo para ampararla?
Cualquier otro tipo de visa que te permita amparar. Pudiera ser la Visa de Residencia Temporal de Trabajo, si cuentas con un contrato laboral. Visa de Residencia Temporal Profesional si cuentas con una profesión. O cualquiera de las visas que ofrece Ecuador y cuentes con los requisitos para solicitarla. Si tu esposa desea estudiar en Ecuador, podrá optar por la Visa de Residencia Temporal de Estudiante. Será cuestión de que estudien los tipos de visas y escojan la que mejor se adapte a sus necesidades.
Podrás revisar los tipos de Visas Temporales en el siguiente link:
https://www.adipiscor.com/tramites-cotidianos/visas/como-tramitar-una-visa-de-residencia-temporal-en-e/
Debes tener presente una situación, si tu cuñado es ecuatoriano, probablemente cuentes con la Visa de Amparo de Residencia Permanente, por lo que si cambias de visa, estarías cambiando a una Visa de Residencia Temporal. Es algo que debes tener en consideración.
Te recuerdo confirmar la información antes de realizar cualquier tipo de trámite.
Un gran saludo
Buenos días. Acabo de llegar a Ecuador con visa de Amparo, dentro del 2do grado de afinidad, el amparante fue mi cuñado. Soy casado y quisiera amparar a mi esposa que es cubana y vive en Cuba. Puedo solicitar una visa Amparo para ella? Me lo permite el tipo de visa que tengo actualmente o debo cambiar a otro tipo. Muchas Gracias. Su página me parece muy explicativa al respecto.
Buenas tardes Pablo.
Respondiendo a tu pregunta…
1.- Acabo de llegar a Ecuador con visa de Amparo, dentro del 2do grado de afinidad, el amparante fue mi cuñado. Soy casado y quisiera amparar a mi esposa que es cubana y vive en Cuba. ‘Puedo solicitar una visa Amparo para ella? ¿Me lo permite el tipo de visa que tengo actualmente o debo cambiar a otro tipo?
Siendo titular de una visa de amparo, no puedes amparar a tu esposa, puesto que con este tipo de visa no se puede amparar. Tendría que tu cuñado amparar a su cuñada o hermana (esto si es que tu cuñado cuenta con una Visa de Residencia Permanente). Si no existe ningún lazo entre ellos y deseas amparar a tu esposa, tendrías que cambiar de tipo de visa. O ella tendría que tramitar una visa individual.
Te dejo el link sobre ¡Siendo titular de una Visa…!¿A quién puedo amparar en Ecuador?
https://www.adipiscor.com/tramites-cotidianos/visas/siendo-titular-de-una-visa-a-quien-puedo-amparar-e/
¿Conoces los Nuevos Tipos de Visas en Ecuador? Nueva Ley Orgánica de Movilidad Humana
https://www.adipiscor.com/tramites-cotidianos/visas/conoces-los-nuevos-tipos-de-visas-en-ecuador-nueva/
Te recomiendo que antes de llevar a cabo cualquier tipo de trámite, confirmes la información en la página del Consulado Virtual, en la sección de “Contáctenos” o en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.
Un gran saludo