¿Deseas residir temporalmente en México y cuentas con un una condición de estancia de visitante o de residente temporal estudiante?¡Te contamos cómo hacer para cambiar tu condición a Residente Temporal por Vínculo Familiar!

 

Si cuentas con un vínculo familiar con un ciudadano mexicano o con un ciudadano extranjero titular de la condición de estancia de Residente Temporal o Residente Permanente, podrás solicitar la Visa de Residente Temporal por Vínculo Familiar.

Esta solicitud, sólo podrá realizarse en México por el familiar ante el Instituto de Migración. Si el ciudadano mexicano o extranjero residente temporal o permanente, se encuentra fuera de México, podrá hacer la solicitud (acompañando a su familiar) ante la Embajada o Consulado de este país.

Para poder hacer la solicitud de la Visa de Residente Temporal por Vínculo Familiar, deberá comprobarse la existencia de dicho vínculo, por lo cual el ciudadano que presente tal solicitud, deberá acompañarla con los siguientes requisitos:

Casos:

Los requisitos a presentar, dependerán de la condición de estancia con la que cuenta el solicitante.

1.- Para el caso, de que el Vínculo sea con un ciudadano extranjero, que cuenta con la condición de Residente Temporal o de Residente Permanente:

Vínculo Familiar aplicable:

Si el solicitante es Cónyuge o mantiene una Unión de Hecho con el ciudadano extranjero titular de la Condición de Residente Temporal o Permanente:

a) Original y copia del Acta de Matrimonio o Constancia de concubinato o unión de hecho, emitida por la autoridad competente. Este documento deberá estar debidamente legalizado y/o apostillado y en el caso de ser requerido, traducido al español.

Si el solicitante es Hijo del ciudadano extranjero titular de la Condición de Residente Temporal o Permanente::

a) Original y copia del Acta de Nacimiento, debidamente legalizada y/o apostillada y traducida al español, si el caso así lo requiere.

Si el solicitante tiene padre o madre extranjero, con la condición de residente Temporal o Residente Permanente:

Podrá hacer la solicitud, siempre y cuando no haya contraído matrimonio o sea menor de edad. En este caso deberá presentar: Original y copia del Acta de Nacimiento, legalizada y/o apostillada. En el caso que lo requiera, traducida al español.

Si el solicitante es hijo del cónyuge o pareja por Unión de Hecho de una persona extranjera, titular de la Condición de Residente Temporal o Permanente:

Podrá hacer la solicitud, siempre y cuando no haya contraído matrimonio, sea menor de edad o se encuentra bajo la tutela del extranjero titular de la Condición de Residente Temporal o Permanente.

En este caso, los requisitos que deberá presentar serán los siguientes:

a) Original y copia del Acta de Nacimiento del Solicitante.

b) Original y copia del Acta de Matrimonio o constancia de Unión de Hecho, con la persona extranjera titular de la Condición de Residente Temporal o Permanente.

Luego de demostrar el vínculo familiar, deberá adjuntar otros requisitos, como lo son:

a) Original y copia de la Tarjeta de Residente Temporal o Tarjeta de Residente Permanente, según sea el caso. Válida y vigente, en ambos casos.

b) Comprobante de solvencia económica que le permita garantizar la manutención del familiar amparado, mientras el mismo se encuentre viviendo en el país.

En este caso, podrán mostrarse en original y copia: Comprobantes de inversiones o cuentas bancarias, que cuenten con un promedio mensual, durante los últimos doce meses, de 6.800 pesos mexicanos.

También podrá demostrarse, que cuenta con un empleo o pensión, que le aseguran ingresos mensuales (libres de gravamenes), superiores a losa 6.800 pesos mexicanos. Deberá presentar por lo menos, los últimos seis meses.

2.- Para el caso, de que el vínculo familiar sea con un ciudadano mexicano:

Si el solicitante es pareja del ciudadano mexicano, ya sea por Matrimonio o Unión de Hecho, deberá presenta:

a) Original y copia del Acta de Matrimonio o Constancia de Unión de Hecho, debidamente legalizada y/o apostillada y traducida al español si el caso así lo requiere.

b) Original y copia de documento de identidad, que compruebe que el amparante cuenta con la nacionalidad mexicana.

Documentos Generales requeridos para hacer la solicitud de la Visa de Residente Temporal por Vínculo Familiar:

1.- Original y fotocopia del pasaporte, con una validez mínima de por lo menos 6 meses.

2.- Forma Migratoria Múltiple, Tarjeta de Residente Estudiante o Tarjeta de Visitante, según sea el caso.

3.- Comprobante de pago de los derechos para solicitar la Visa de Residente Temporal.

4.- Según sea el caso: Documento de Identificación del ciudadano mexicano, Tarjeta de Residente Temporal o Tarjeta de Residente Permanente de la persona extranjera que amparará al solicitante.

5.- Formato de solicitud del trámite migratorio de estancia. El cual, se obtiene en la página de la Secretaría de Relaciones Exteriores. El mismo deberá completarse de forma electrónica y firmado por el solicitante.

Datos a tener en cuenta:

  • El trámite podrá realizarse en línea, ingresando a la página de la Secretaría de Relaciones Exteriores de México.

O dirigiéndose a la Delegación Federal que le corresponda, de acuerdo a su domicilio. Si desconoce cuál le corresponde, o necesita orientación en relación al trámite, se sugiere llamar al 01 800 00 46264.

  • La recepción y el estudio de la solicitud, tendrá un costo de 1.149 pesos mexicanos.

  • “Se impondrá pena de hasta de cinco años de prisión y multa hasta de cinco mil pesos al mexicano que contraiga matrimonio con extranjero sólo con el objeto de que éste pueda radicar en el país, acogiéndose a los beneficios que la Ley establece para estos casos. Igual sanción se aplicará al extranjero contrayente”. Artículo 127 de la Ley General de Población y Ley de Migración.

  • Se impondrá multa de 100 días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal y será expulsado del país, el extranjero que: “Habiendo obtenido legalmente autorización para internarse al país, por incumplimiento o violación de las disposiciones administrativas o legales a que se condicionó su estancia, se encuentre ilegalmente en el mismo”. Artículo 118 de la Ley General de Población y Ley de Migración.

    También se impondrá multa de 100 de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal al extranjero que: realice actividades para las cuales no fue autorizado, se interne en el país sin la documentación requerida.

    Si deseas saber más sobre las multas y sanciones a extranjeros que caen en ilegalidad en México, haz clic aquí.

Fuente:

Secretaria de Relaciones Exteriores de México

Imagen por: dfamilia.org