¿Qué es el Impuesto sobre la Renta?
Es un impuesto nacional, que grava los ingresos netos o ganancias netas de las personas, empresas, u otras entidades legales, obtenidos a los largo de un año de trabajo o de la rentabilidad de una empresa y es de carácter obligatorio.
Este impuesto tiene por objetivo proveer al Gobierno de ingresos, para que éste pueda cubrir el gasto público de la Nación, o por lo menos parte de ellos.
El organismo encargado en Venezuela de recaudar dicho impuesto es el SENIAT o lo que es lo mismo, Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria.
El SENIAT, fue creado el 10 de Agosto de 1994, como resultado de la fusión de Aduanas de Venezuela Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de Administración Tributaria (SENAT).
Actualmente este tributo se rige por la Ley de Impuesto Sobre La Renta (LISLR), publicada en la Gaceta Oficial N° 38.628 de fecha 16/02/2007 y por su Reglamento. (Dicha ley sufrió alteraciones en el año 2014 y 2015).
¿Quiénes pagan Impuesto sobre la Renta?
Todas las personas naturales y jurídicas que en el ejercicio fiscal del año, percibieron un enriquecimiento superior a las 1.000 unidades tributarias (U.T) deben declarar Impuesto sobre la Renta. Se debe tener en cuenta que el valor de la Unidad Tributaria cambia todos los años. Para el año de 2016 está ubicado en los 177 BsF.
Según el Artículo 7 (LISLR): Están obligados a pagar Impuesto sobre la Renta:
– Personas Naturales.
– Compañías Anónimas y las Sociedades de Responsabilidad Limitada.
– Sociedades en nombre colectivo, en comandita simple y las comunidades.
– Sociedades de Personas, irregulares o de hecho.
– Asociaciones, Fundaciones y Corporaciones.
– Titulares de enriquecimientos por actividades de hidrocarburos y conexas.
– Establecimientos permanentes, centros o base fijas situados en el país.
– Empresas propiedad de la Nación, de los estados o de los municipios.
Artículo 79 (LISLR): Deberán declarar Impuesto sobre la Renta, las personas naturales residentes en el país y las herencias basadas en la obtención de un enriquecimiento global neto anual superior a 1.000 Unidades Tributarias, o ingresos brutos mayores a 1.500 Unidades Tributarias.
Igualmente, deberán declarar Impuesto sobre la Renta, de forma obligatoria, aquellas personas que se dediquen de forma exclusiva a las actividades agrícolas, piscícolas, pesqueras y pecuarias a nivel primario, esto, siempre y cuando, obtengan ingresos brutos superiores a las 2.625 Unidades Tributarias.
Por su parte, las personas jurídicas tendrán que presentar declaración definitiva de Impuesto sobre la Renta de forma obligatoria, hayan obtenido o no enriquecimiento durante el ejercicio fiscal.(Art. 79 LISLR)
Están obligadas también a declarar Impuesto sobre la Renta, las personas naturales jubiladas, así como aquellas que se encuentren a percibir rentas exentas, tal como lo establece el artículo 14 de la LISLR. Igualmente, podrán ser objeto de fiscalización, según el Artículo. 22 del Reglamento de la LISLR.
¿Cómo será presentada la Declaración del Impuesto sobre la Renta?
De acuerdo a lo establecido en la Providencia Administrativa N° 0034 (Gaceta Oficial N° 40.207 del 15/07/2013), la declaración deberá ser realizada de forma electrónica, en el portal del SENIAT www.seniat.gob.ve
En dicho portal, se encuentra establecido el procedimiento para realizar la declaración. De igual forma, a continuación, les presento los pasos a seguir para llevarla a cabo.
Declaración Electrónica del Impuesto Sobre la Renta en Venezuela
1.- Ingresar al portal Fiscal del SENIAT
Ingrese al portal del SENIAT www.seniat.gob.ve, y ubique la sección “SENIAT en Línea” (éste se encuentra del lado derecho de la página principal. Haga clic en el ícono “persona natural”).
2.- Llenar el campo de Usuario y Clave
En el campo Usuario y Clave escribir los datos requeridos, obtenidos al momento de realizar el “Registro” como Usuario del portal del SENIAT.
En el caso de que aún no se encuentre registrado, haga clic en el ícono de “Registro” y siga las instrucciones.
3.- Seleccionar la opción “Procesos Tributarios” y luego “Declaración ISLR”. Posteriormente, hacer clic en la sección “Definitiva”.
Revisar sus datos con mucho cuidado y si se encuentra de acuerdo con lo allí escrito y desea continuar con el proceso de declaración, hacer clic en la opción “Sí”.
El sistema le mostrará un mensaje en el que le pregunta si el cierre fiscal al 31 de Diciembre, es correcto, De ser correcto, presione “Aceptar”. De lo contrario, Si no corresponde, debe “Cancelar” y dirigirse a su Gerencia de Adscripción para realizar las correcciones pertinentes.
4.- Seleccionar el tipo de Declaración “Definitiva”, tipo de enriquecimiento de acuerdo a su condición como contribuyente del ISLR y año a declarar. (2015)
En este espacio debe escribir el total de los sueldos y salarios recibidos durante el año fiscal, en BsF. Hecho esto, debe hacer clic en “Guardar” y luego en “Continuar”.
5.- Seleccione el Desgravamen a utilizar En este caso si presenta alguna duda, hacer clic en el ícono de “Información”.
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Desgravamen Único: equivale a 774 U.T. Lo que representa la cantidad de 98.298,00 BsF. No necesita soportes.
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Desgravamen Detallado: En esta sección, debe introducir las cantidades correspondientes a lo solicitado.
Recuerde guardar todos los respaldos de sus facturas y depósitos bancarios, para el momento en el que le sean solicitados dichos documentos por el SENIAT.
Una vez más, haga clic en “Guardar” y posteriormente, en “Continuar”.
6.- “Rebaja Personal” En el campo “Rebaja Personal”, el sistema muestra el monto de forma automática. Seleccione el número correspondiente a su carga familiar. (En el caso de que no se encuentre registrado, debe realizar la actualización del Registro de Información Fiscal (RIF).
Hacer clic en las opciones “Guardar” y “Continuar”.
7.- Anticipos Aplicables: rellene este espacio según corresponda.
Impuestos retenidos en el ejercicio.
Anticipo por Enajenación de Inmueble.
Anticipo por declaración estimada.
Impuesto pagado en declaración sustituida.
Seleccionar “Guardar” y “Continuar”.
NOTA: En el caso de que su última declaración haya sido realizada de forma electrónica, el sistema le mostrará el monto del impuesto pagado en exceso del ejercicio anterior (no compensados, ni reintegrados). Verifique el monto. De ser correcta la información, seleccione el ícono “Continuar”.
Por el contrario, si la última declaración fue manual, es muy probable que no aparezca de forma automática, el monto del impuesto pagado en exceso. En este caso: Escriba el monto que corresponda, el monto del impuesto pagado en exceso del ejercicio anterior y de existir cesión, ingrese el monto cedido.
Seleccione “Guardar” y “Continuar”.
En el caso de querer realizar una compensación, deberá rellenar todos los campos correspondientes. Luego, de haber ingresado los datos, el sistema realizará los cálculos correspondientes y generará el impuesto a pagar.
Seleccine “Guardar” y “Continuar”.
8.- Verificar el monto del impuesto a pagar
Verificado la cantidad a pagar, seleccionar el número de porciones en las que desea realizar el pago. Seleccionar “Guardar” y “Continuar”.
Al realizar esto, se desplegará la totalidad de los conceptos utilizados para la determinación del impuesto y verá su planilla digitalizada mostrándole el total del impuesto.
Revise detalladamente la información y si está de acuerdo con la misma, seleccione el ícono “Declarar”.
Registrada la declaración, se mostrarán los compromisos de pago, según las porciones seleccionadas.
9.- Forma de pago
Existen dos formas de pago: Electrónica y Manual (Planilla de Pago).
Si su opción de Pago es la Electrónica: el sistema le mostrará los bancos con los que el SENIAT tiene convenio para llevar a cabo dicha transacción. Debe escoger el banco de su preferencia, con el que debe tener una cuenta asociada y podrá realizar su pago en línea.
Actualmente, los bancos habilitados para este tipo de pago son: Industrial de Venezuela, Banco del Tesoro, Banco Mercantil, Banco Occidental de Descuento, Banesco, Provincial y Banco de Venezuela.
Si su opción es el Pago Manual: se desplegará una planilla de compromiso de pago. Dicha planilla la deberá imprimir tres (3 veces).
En el caso de ser Sujeto Pasivo no calificado especial, llene la información requerida en “Forma de Pago”, “Ciudad”, “Firma” y entréguelas a la Oficina Receptora de Fondos Nacionales seleccionada (Bancos).
En el caso de ser Sujeto Pasivo Especial. Imprimir la copia cinco (5 veces). Llene la información requerida en “Forma de Pago”, “Ciudad”, “Firma” y entréguelas en la unidad de Contribuyentes Especiales de Adscripción.
Verifique los datos impresos por la Oficina Receptora de Fondos Nacionales (Bancos) en la Planilla de compromiso de pago.
Oficinas Receptoras de Fondos Nacionales (Bancos)
Para el pago por taquilla se podrá realizar en los bancos: Central de Venezuela, Fondo Común, Industrial, Mercantil, Occidental de Descuento, Banesco, Provincial, Bicentenario, Nacional de Crédito, Sofitasa, Citibank y del Tesoro.
Generalmente el SENIAT realiza operativos en Centros Comerciales y en sus sedes, para apoyar en el proceso de Declaración y Pago del ISLR.
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Para aclarar cualquier duda o cambio que pudiese existir, es aconsejable dirigirse a la página web del SENIAT, llamar al teléfono 08000-736428 o en su defecto, visitar sus oficinas, ubicadas en Plaza Venezuela, Caracas.
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