En previsión de que una persona haya decidido trabajar en el Ecuador, resulta interesante que sepa que existe, entre otras garantías para los trabajadores, una prestación de cesantía.
La cesantía es una cantidad de dinero que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social –IESS- entrega a la persona, afiliada al Seguro, que se encuentre desempleado.
¿Cuándo ocurre el pago de la cesantía?
Generalmente, en situación de desempleo que ocurre por despido del trabajador, pero las leyes ecuatorianas también prevén el pago de esta cesantía a favor de las personas que se jubilen, que dejen de trabajar por haber alcanzado una edad avanzada o por haber sufrido una enfermedad, que no permita, a la persona trabajadora, continuar en actividad.
Propósito de la cesantía
El propósito de la cesantía, en consecuencia, es ayudar a que la persona que esté en situación de desempleo o que vaya a estarlo, tenga un respaldo económico por el tiempo que usualmente necesite para obtener un nuevo trabajo o para empezar a recibir una pensión del IESS por jubilación, por vejez o por enfermedad.
Requisitos para la obtención de la cesantía
Los requisitos de ley, para recibir el pago de la cesantía, no se vinculan con situaciones particulares del empleo, sino que requieren que existan 24 aportaciones mensuales de la persona afiliada, para que pueda reclamar esta compensación.
El IESS crea cuentas personales para los afiliados y afiliadas, de manera que los aportes de los trabajadores y de sus patronos forman un fondo, el mismo que permite financiar las distintas prestaciones, previstas en el Código del Trabajo y en la Ley de Seguridad Social.
La cesantía, en consecuencia, se forma con un porcentaje del fondo acumulado por la persona trabajadora. Se paga por una sola vez, cuando la persona en situación de desempleo, por cualquier causa de las señaladas, presenta las certificaciones correspondientes de la inspectoría del trabajo o cuando demuestra que está preparándose para pasar a la jubilación.
Es importante saber que, esta compensación configura un derecho de la persona que afronte una situación de desempleo, por lo que la persona puede exigir el pago de la cesantía, sobre la base de su situación laboral y en virtud del fondo creado en cada cuenta individual, por los aportes de la persona afiliada al IESS.
La cesantía es un derecho del trabajador
Siendo un derecho, es bueno saber que está respaldado por acciones legales, a las que puede acudir cualquier persona que, cumpliendo con los requisitos señalados, note que existe una negativa o demoras injustificadas para recibir la cantidad que responda al porcentaje del fondo individual, destinado a cesantía.
Los derechos de los trabajadores no prescriben, por lo que no podría argüirse que una eventual negativa o los obstáculos injustificados, puedan tener lugar en un tiempo transcurrido desde cuando la persona trabajadora pasó a situación de desempleo y se descuidó de presentar la solicitud respectiva, para recibir el pago de la cesantía.
Para mayor seguridad de la persona en situación de desempleo, cabría que se haga asesorar por abogados, los que incluso permitirían lograr el pago respectivo en menor tiempo del que tomaría a la persona desempleada tratar de hacer la solicitud y seguir los trámites por su propia cuenta. Lo cual es legalmente posible de acuerdo con las disposiciones laborales y a las leyes de seguridad social en el Ecuador.
Autor:
Dr. Abelardo Posso Serrano, PhD
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