El Domicilio Electoral, es el lugar o centro de votación en donde el ciudadano puede ejercer su derecho al voto. Generalmente el mismo, se encuentra ubicado cerca del lugar de residencia del votante. Si te has cambiado de residencia y tu centro de votación te ha quedado muy lejos, podrás solicitar el cambio de tu Domicilio Electoral.
El Sufragio, es un derecho con el que cualquier ciudadano ecuatoriano cuenta. El mismo, se encuentra estipulado en la Constitución Nacional. Es por ello, que el Consejo Nacional Electoral disponibiliza jornadas de atención a los ciudadanos, para que puedan realizar los cambios de domicilio permanente a nivel nacional.
Para poder llevar a cabo este trámite, debes presentarte en la Delegación Electoral de la provincia en la cual tienes tu residencia permanente. En el caso de que vivas en el extranjero, deberás dirigirte al Consulado del Ecuador más cercano a tu lugar de residencia.
Requisitos para poder tramitar el cambio de Domicilio Electoral
Los requisitos para poder llevar a cabo el cambio de tu centro de votación, son los siguientes:
1.- Original de la Cédula de Identidad o Ciudadanía (según sea el caso).
2.- Certificado de Votación o Certificado de la multa del último proceso electoral (si la hubo), quedando exentos los ciudadanos que no están en la obligación de sufragar.
3.- Original y copia de un recibo de servicio básico (teléfono, luz, agua). O cualquier otro documento con el que se pueda confirmar la dirección de habitación del solicitante.
En el caso de que el solicitante no cuente con un recibo de servicios básicos, se podrá tomar en cuenta la declaración jurada que se muestra en el comprobante de cambio de Domicilio Electoral. Dicha declaración jurada, deberá estar firmada obligatoriamente.
Para los ciudadanos ecuatorianos que se encuentran residiendo fuera del Ecuador, sólo deberán presentar copia de la Cédula de Ciudadanía y pasaporte vigente.
Si se trata de personas que solicitan el cambio de Domicilio Electoral hacia la Provincia de Galápagos, a los requisitos anteriores, deberá anexarse: Original y copia del carné de residencia temporal o definitiva. Dicho carné deberá encontrarse vigente.
Datos a tener en cuenta:
-
El trámite del cambio de Domicilio Electoral es gratuito y personal.
-
Los ciudadanos ecuatorianos mayores de 18 años de edad que se encuentren habilitados para votar, podrán hacer el cambio del Domicilio Fiscal, así como los extranjeros que se encuentren inscritos en el Registro Electoral.
-
Si te encuentras residiendo en el extranjero, es importante que realices el cambio del Domicilio Electoral. El hacerlo te permitirá ejercer tu derecho al voto en las próximas elecciones sin problemas y te evitarás el tener que pagar multas que se desprendan de este proceso electoral, si no pudiste votar por no haber llevado a cabo el cambio en el tiempo estipulado para ello.
-
Si formabas parte de las Juntas Receptoras de Voto y no te presentaste, deberás pagar una multa equivalente al 15 % de la remuneración básica mensual más los 8 $ de la especie. Si además, no te presentaste a votar, deberás pagar también la multa equivalente al 10 % de una remuneración mensual unificada. Además de esto, tendrás que cancelar 8 $ del costo de la especie
Registro de Electores en el exterior
Si te encuentras viviendo en el extranjero y quieres hacer tu registro, estos son los requisitos que deberás presentar en el Consulado más cercano a la zona en la cual vives.
1.- Preséntate en el Consulado del Ecuador más cercano a tu lugar de residencia con el original y copia de la Cédula de Identidad y pasaporte.
2.- Entrega tus documentos al funcionario del Consulado. Éste procederá a confirmar tu identidad e ingresará tus datos en el Sistema del Consejo Nacional Electoral (CNE).
3.- El sistema emitirá un comprobante que el funcionario deberá imprimir tres veces. Te hará entrega de una copia y en relación a las otras dos, una será para el CNE y la otra para el Consulado. Las mismas deberán estar firmadas por el funcionario del Consulado y por tu persona.
Este comprobante impreso, será el único documento que garantizará que tu Registro Electoral en el exterior, se ha realizado con éxito y te habilitará para votar en las próximas elecciones.
¿Quiénes están obligados a votar?
Todos los ciudadanos mayores de 18 años que se encuentren habilitados para votar, deberán hacerlo de forma obligatoria, además de, aquellas personas privadas de libertad pero que no poseen sentencia condenatoria.
¿Quiénes están exonerados de votar?
Aquellas personas privadas de libertad con sentencia condenatoria. Personas con problemas de salud que les impida movilizarse hasta los centros electorales y que cuenten con un certificado médico que avale su condición. Personas que hayan sufrido en el día de las elecciones o hasta ocho días antes algún accidente o calamidad doméstica. Personas que en el día de las elecciones deban ausentarse del país, así como aquellos que se encuentran fuera del territorio nacional. Personas que cuentan con voto facultativo. (Militares, Policías que se encuentren activos en sus funciones. Ciudadanos que cuenten entre 16 y 18 años y mayores de 75 años que residen en el exterior y se encuentran registrados. Personas analfabetas, con discapacidad y extranjeros a partir de los 16 años de edad y que han vivido legalmente en el Ecuador por un espacio de al menos 5 años y que además se encuentren inscritos en el Registro Electoral).
Justificación por no Votar
Si no pudiste votar en el proceso electoral del momento, debes saber que puedes justificar tu ausencia en ese proceso.
Esto es lo que debes hacer:
1.- Acércate a la Delegación Provincial Electoral más cercana a tu lugar de residencia. Deberás justificar tu inasistencia y entregar los documentos que avalen tu justificación. La misma, deberá acogerse a una de las siguientes causales:
a) Ausencia del País: Original y copia de la Cédula de Ciudadanía y del pasaporte, en donde se encuentren reflejadas, las fechas de entrada y salida en el período comprendido en el que se llevaron a cabo las elecciones.
b) Minusválido: Original y copia de la Cédula de Ciudadanía, más el carné correspondiente.
c) Enfermedad: Original y copia del certificado médico, autenticado por el Ministerio de Salud Pública o por el IESS.
d) Mayor de 65 años o analfabeto: Original de la Cédula de Ciudadanía.
e) Servicios Militar: Original y copia de la Cédula Militar o Certificado expedido por la Dirección de Movilización del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas
Fuente:
-
¿Te ha sido de utilidad este artículo?¡Si te ha gustado, compártelo con tus amigos!
- Ecuador
Deja tu comentario
Debe iniciar sesión para escribir un comentario.