Mi hija tiene dos meses nació aquí en Ecuador. A mi esposo y a mí se nos vence la estadía el mes que viene, pero no sabemos que visa tramitar ¿si la temporal primero o la permanente por amparo de una vez?
- Ecuador
Mi hija tiene dos meses nació aquí en Ecuador. A mi esposo y a mí se nos vence la estadía el mes que viene, pero no sabemos que visa tramitar ¿si la temporal primero o la permanente por amparo de una vez?
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Hola Wendy. Bienvenida a nuestra comunidad.
De acuerdo a la ley Orgánica de Movilidad Humana, en su artículo 63, se puede hacer la solicitud de la Visa de Residencia Permanente si cuentas con al menos uno de los siguientes requisitos:
1. Cumplir al menos veintiún meses en calidad de residente temporal y presentar la solicitud correspondiente previo al vencimiento de la condición migratoria que ostenta;
2. Haber contraído matrimonio o mantener unión de hecho legalmente reconocida con una persona ecuatoriana;
3. Ser extranjero menor de edad o persona con discapacidad que dependa de una persona ecuatoriana o de un extranjero que cuente con residencia permanente; o,
4. Ser pariente dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad de un ciudadano ecuatoriano o de un ciudadano extranjero con residencia permanente en el Ecuador.
Por lo tanto, teniendo un hijo ecuatoriano, podrás hacer la solicitud de la Visa de Residencia Permanente de Amparo si cuentas con todos los demás requisitos necesarios para hacerlo.
Te dejo el link sobre: Visa Amparo Permanente: Padres extranjeros que se Amparan en hijo Ecuatoriano
https://www.adipiscor.com/tramites-cotidianos/visas/visa-amparo-permanente-padres-extranjeros-que-se-a/
Recuerda que para evitar el pago de multas innecesarias, deberás iniciar tu proceso de regularización, antes de que tu permiso de estadía caduque.
Un saludo cordial y mucha suerte con tu trámite.
Aviso: La información que te estamos facilitando tiene por finalidad servir de orientación a tus inquietudes. Si bien intentamos que la información que ofrecemos sea lo más precisa posible, no asumimos ninguna responsabilidad legal sobre su exactitud o tipo. Por lo que siempre recomendamos, para evitar inconvenientes al momento del trámite, confirmar la información en los organismos competentes o solicitar asesoría legal si el caso lo amerita. “No ofrecemos asesoría legal”.