Entérate de cómo solicitar la Visa de Asilo y Refugio en Ecuador. Quiénes pueden solicitar este tipo de Visa y cuáles derechos otorga a las personas que la solicitan.

 

¿Quiénes pueden solicitar Asilo y Refugio en Ecuador?

  • Personas que huyen de sus países de origen por estar en peligro su integridad física y emocional. Los motivos? Divergencia de pensamientos políticos o religiosos, causas raciales, amenazas por violencia generalizada, violación masiva de los derechos humanos, conflictos internos, inexistencia de seguridad y peligro de la pérdida de la libertad.

  • Personas que consideran que corren peligro al acogerse a la protección de su país.

  • También pueden considerarse refugiados, aquellas personas que salieron de sus países hacia otro país, (por las razones antes mencionadas), en donde carecen de nacionalidad y no pueden o no quieren regresar a su país de origen.

Los Refugiados o Solicitantes de la Condición de Refugiados en Ecuador, gozan de ciertos derechos.

Las personas que no han sido reconocidas como refugiadas, tienen los siguientes derechos:

a) No ser devuelto a su país de origen. Las personas que necesiten de protección internacional, no podrán ser expulsadas, deportadas, devueltas , rechazadas, extraditadas u obligadas a retornar a su país de origen, si su integridad física y libertad estuvieran en peligro.

b) Permanecer de forma regular en el país, hasta que obtengan la respuesta a su solicitud.

Las personas reconocidas como refugiadas, tienen los siguientes derechos:

a) No ser discriminadas por motivo alguno.

b) Trabajar por cuenta propia o bajo la dependencia de otro.

c) Tener acceso al sistema finaciero nacional, educación, justicia, seguridad social y salud. Además de los derechos que le están garantizados en la Constitución Política de la República del Ecuador y los expresados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Los Refugiados o Solicitantes de la Condición de Refugiados en Ecuador, deben cumplir con ciertas obligaciones.

a) Respetar las leyes y la Constitución del país.

b) No participar en asuntos políticos que comprometan los intereses, tanto internos como externos, de los ecuatorianos y que no pongan en peligro la seguridad nacional.

Pasos para solicitar la condición de Regugiado en Ecuador:

a) Registrar la Solicitud: La cual se deberá presentar en la Dirección General de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, en las ciudades de Quito, Cuenca y Lago Agrio. En los casos de las ciudades: Esmeraldas, Ibarra y Santo Domingo, los solicitantes deberán presentarse, para registrarse, en las oficinas de las brigadas permanentes.

Al presentar la solicitud, recibirá un formulario, que deberá llenar con sus datos, los cuales serán ingresados en el sistema nacional de registro. Con esto, se inicia el proceso. A cada persona se le adjudicará un número de registro y un documento individual de identificación.

b) Presentar algún Documento que identifique a la Persona Solicitante: Los solicitantes deberán presentar algún documento de identificación: pasaporte, partida de nacimiento o cédula de identidad. Si no poseen ningún documento de identificación, deberán explicar la no existencia de los mismos.

c) Otorgamiento de Certificado Provisional: Luego del Registro, le será otorgado al solicitante de la condición de refugiado en el Ecuador, un Certificado, cuya validez será de 90 días, que podrán ser prorrogables hasta que el Ministerio de Relaciones Exteriores emita su decisión definitiva, aceptando o negando la solicitud.

d) Los solicitante de la condición de refugiados en el Ecuador deberán cumplir con una Entrevista: la misma será oficial y será efectuada por un funcionario de la Dirección General de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana.

Los solicitantes deberán mantener el contacto, ya sea por vía telefónica o presentándose en la oficina o brigada permanente de la ciudad en donde se registró, para conocer la respuesta a su solicitud.

e) El caso será analizado por la Comisión para Determinar la Condición de Refugiado en el Ecuador: Éste es el órgano competente que representa al Estado ecuatoriano para reconocer la condición de refugiado. Está conformada por: dos representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores y un representante del Ministerio de Gobierno.

f) La decisión del Gobierno Ecuatoriano, a través de la Comisión para Determinar la Condición de Refugiado en el Ecuador es única y exclusiva de este organismo.

Si la solicitud es aceptada: significa que el solicitante es reconocido como refugiado de forma inmediata, por lo que recibirá un carné de identificación con la respectiva visa, la cual es de carácter indefinido y deberá ser renovada cada año.

Si la solicitud es negada: Se le enviará una notificación por escrito al solicitante y tendrá derecho a una apelación de la decisión, ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Dicha apelación deberá ser tramitada en un plazo de 30 días hábiles, luego de haber sido informado de la decisión negativa.

Datos a tener en cuenta:

– Los documentos de identificación son entregados por la Dirección General de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, a través de sus oficinas o brigadas permanentes en cada ciudad.

– El Certificado Provisional de los Solicitantes de la Condición de Refugiados es de color verde y le garantiza al solicitante su permanencia regular en territorio ecuatoriano, hasta que se tome la decisión final. En este intervalo de tiempo, nadie podrá devolverlo a su país de origen.

– El Documento de Identificación de la Persona Refugiada, identifica a las personas como refugiadas reconocidas. Es de color Celeste. La persona que sea portador de este documento de identificación, es titular de una Visa que le permitirá trabajar en el Ecuador y le dará acceso a todos los derechos consagrados en la Constitución de este país.

– El trámite es totalmente gratuito.

Fuente:

www.cancilleria.gob.ec

Si quieres leer información actualizada sobre la Visa de Refugio en Ecuador, haz clic AQUÍ. 

  • Ecuador